Los Ministerios de Hacienda y Trabajo se pronunciaron a través de un comunicado conjunto frente a la decisión del Consejo de Estado de suspender parcialmente los efectos del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, que obligaba a los fondos privados de pensiones trasladar a Colpensiones unos $25 billones del ahorro de los afiliados.
“Si bien respetamos las decisiones judiciales y la independencia de las altas cortes, resulta necesario advertir que este tipo de decisiones adoptadas en trámite de urgencia, sin agotar el debate contradictorio, generan profundas implicaciones sobre la sostenibilidad del sistema pensional y la garantía efectiva de los derechos de los trabajadores”, alegaron las carteras ministeriales.
Añadieron que el decreto 415 fue expedido en desarrollo de lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 y el sistema pensional vigente de acuerdo con la Ley 100 de 1994, “con el propósito de dar coherencia financiera al mismo y asegurar que los recursos de quienes ejercieron su derecho de traslado acompañen efectivamente las obligaciones pensionales asumidas por el Estado a través de Colpensiones”.
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Seguidamente, señalaron que hoy se evidencia con claridad “una tensión” porque los fondos privados “pretenden mantener el control y usufructo de los ahorros de más de 120 mil trabajadores que decidieron trasladarse al régimen público”.
Dicha situación es considerada por el Gobierno nacional como “inequitativa” y “contraria a los principios de sostenibilidad, equidad y destinación específica de los recursos de la seguridad social”.
“No es admisible que mientras el sistema público asume el pago de las pensiones y los riesgos asociados, los recursos permanezcan en administración privada”, agrega el comunicado.
En ese sentido, los Ministerios de Hacienda y Trabajo anunciaron que ejercerán “todas las acciones jurídicas necesarias” dentro del proceso para garantizar que prevalezcan los principios constitucionales que rigen la seguridad social en Colombia.
Finalmente, consideraron que los fondos privados deben proceder sin dilación alguna y dentro de los plazos establecidos al traslado efectivo de los recursos de las cuentas de ahorro individual a Colpensiones, “respecto de cerca de 25 mil personas que ya consolidaron su derecho pensional y cuyas mesadas están siendo asumidas por el fondo público”, giro que el Consejo de Estado mantiene vigente en su reciente decisión.
La decisión del Consejo de Estado se da luego de haber recibido la demanda de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que sostenían que el decreto expedido por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio del Trabajo contradice lo dispuesto en la Ley 2381 de 2024.
Según la demanda, el artículo 76 de dicha ley establece que los ahorros de los trabajadores que utilicen la “ventana de oportunidad de traslado” deben permanecer bajo administración de las AFP hasta que se consolide el derecho a la pensión.
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Los demandantes explican que, de acuerdo con la reforma pensional, estos recursos tienen una vocación de ahorro a largo plazo y su destino final debe ser el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo administrado por el Banco de la República.
En su momento, tanto el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, como el de la junta directiva del gremio, Santiago García, calificaron el decreto como una “orden forzada” que se tomó sin tener en cuenta las implicaciones en los portafolios de inversión de los afiliados.
“No se nos ha preguntado qué impacto tiene”, señaló García.
¿Qué dice el Consejo de Estado?
El alto tribunal determinó que el Gobierno pudo haber desbordado sus competencias al “reescribir” la ley a través de un reglamento, anticipando un traslado de recursos que, según la Ley 2381 de 2024, solo debería ocurrir al momento de la jubilación efectiva del trabajador.
Entretanto, el magistrado ponente, Juan Enrique Bedoya Escobar, advirtió que la ejecución del decreto en plazos tan breves podría generar consecuencias financieras que no serían del todo reversibles, comprometiendo la eficacia de una futura sentencia.
Así las cosas, con esta decisión del Consejo de Estado, los recursos de los trabajadores que se trasladaron de régimen pero aún no se han pensionado deberán permanecer bajo la administración de las AFP hasta que se dicte una sentencia de fondo.
El Consejo de Estado aclaró que esta medida no implica un prejuzgamiento sobre la legalidad total del decreto, pero sí busca evitar un “traslado patrimonial masivo y anticipado” mientras avanza el proceso judicial. La decisión ya ha sido notificada a los ministerios de Trabajo y Hacienda para su cumplimiento inmediato.





















