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El cobro de $8.700 por una 'copita' de salsa tártara en un restaurante de Barranquilla fue la razón por la cual, nuevamente, un cliente denunció ante los medios un supuesto abuso por parte de un establecimiento de comidas.

Esta vez, los hechos ocurrieron en el restaurante de comida típica Mag Mondongo, ubicado en la carrera 43 con calle 70, donde –según el cliente– 'el mesero dijo que esa salsa ya no era gratuita, tenía un cobro, pues uno considera un cobro moderado, pero pagar por una copa pequeña $8.700 es inaudito'.

Este hecho guarda alguna similitud con el reconocido caso ‘descorche de pudín’ que se presentó en el restaurante Pietrini’s La Pizza, donde un grupo de amigos decidió celebrar un cumpleaños, y, al pedir la cuenta, se llevaron la sorpresa que en la factura incluían $27.000 por el mencionado concepto. De acuerdo con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), este caso aún está en proceso de investigación.

En cuanto a lo que se presentó en Mag Mondongo, la administración de este lugar aseguró que el valor de la salsa sí está estipulado en la carta, tal y como deber ser, según lo que señala la SIC.

'(…) En la carta sí aparecer el valor de la salsa. No es culpa de nosotros si el cliente no vio el precio', sostuvo.

Al respecto, la directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica (Acodrés), Capítulo Atlántico, Magni Montero, explicó que los establecimientos de ventas de comida están en la libertad de cobrar el valor que consideren por los productos que ofrecen, siempre y cuando este sea debidamente dado a conocer al cliente.

'Es de recordar que en Colombia existe libertad de precios. Sin embargo, estos deben anunciarse al público', indicó.

Lo dicho por Montero va en consonancia con lo que estipula la SIC, que, entre otras cosas, explica que 'la información pública de precios es la obligación de suministrar información veraz y suficiente a los consumidores sobre el precio de los bienes y servicios que ofrezcan al público'.

En cada una de las mesas está el pequeño menú que contiene el valor de la tártara.

El precio está en la carta

La Superintendencia, además, recalca que el valor de los productos debe ser informado al consumidor de manera visual o, por lo menos, y en excepciones puntuales, dárselos a conocer verbalmente con anterioridad, es decir, no esperar que sea consumido para luego decirles que tiene determinado precio.

Pese a que la administración del restaurante de comida típica afirmó que el valor de la salsa tártara sí está en la carta, el cliente aseguró lo contrario.

'El mesero no me notificó nada, simplemente me dijo: ‘esto ya no se regala’. La carta no tiene ese precio estipulado en ningún lado, eso está de voz a voz, por lo cual es ilegal. Él no me dijo nada. Ahora tiene un costo, agregó', insistió el comensal.

Con el propósito de comprobar las versiones, EL HERALDO se trasladó hasta el restaurante y pudo observar que en cada una de las mesas reposa una pequeña carta en la que dice que la porción de salsa tártara, efectivamente, tiene un valor de $8.700.

Sin embargo, y aparte de dicha hoja de papel, los meseros entregan a los clientes otro menú que está más completo, pero en el que no sale el valor del aderezo.

En estos casos: Qué estipula la SIC

Es obligación suministrar información veraz y suficiente a los consumidores sobre el precio de los bienes y servicios que ofrezcan al público.

El precio debe ser informado al consumidor de manera visual y, salvo excepciones puntuales, deberá encontrarse en pesos colombianos.

De igual forma, este deberá contener todos los costos adicionales que se hubieran podido generar como consecuencia de estudios de crédito, seguro, transporte o cualquier otra erogación a cargo del consumidor, las cuales tendrán que haber sido informadas especificando el motivo y el costo de los mismos.

La fijación del precio deberá hacerse de manera clara, visible y legible. Los precios así fijados, obligaran a los proveedores o expendedores frente al consumidor.