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El Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla ha ordenado a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que haga una serie de claridades frente a una sanción impuesta en contra de la empresa Atenas Seguridad Privada.

De acuerdo con el fallo, la Supervigilancia vulneró los derechos al buen nombre y la honra, debido a que mantuvo información sobre la cancelación de dicha empresa, a pesar de haber sido revocada posteriormente.

“El señalamiento erróneo o prematuro tiene un impacto mayor en su reputación y en su estabilidad comercial”, se lee en un aparte del fallo, que además advirtió que la publicación de información sin contexto puede afectar la percepción pública sobre la actividad de la empresa.

Cabe recordar que dicha compañía fue incluida en el listado de 31 compañías de vigilancia sancionadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada por presuntas irregularidades administrativas y supuestos vínculos como fachada de estructuras criminales.

De acuerdo con el expediente, el caso se remonta a una inspección realizada en junio de 2024 por la autoridad de control, en la que se detectaron hallazgos dentro de las instalaciones de la empresa, lo que posteriormente derivó en actuaciones administrativas y en la difusión pública de los señalamientos.

El juez también indicó que la entidad debe adoptar medidas internas para evitar situaciones similares en el futuro. En particular, “deberá garantizar que sus comunicaciones institucionales sean veraces, estén actualizadas y correspondan al estado real de los procesos administrativos”.

Al respecto, la compañía aseguró que “se comunicó como un hecho definitivo lo que jurídicamente sigue en discusión, generando una percepción equivocada que ha afectado la reputación, la operación y la confianza en la empresa”.

En la misma línea, la empresa indicó que proceso administrativo presenta “graves inconsistencias”, entre ellas: uso de información errónea y datos no verificables; utilización de registros sin validez jurídica como si fueran antecedentes judiciales; falta de valoración integral de las pruebas aportadas y señalamientos derivados de fallas técnicas en las plataformas APO y RENOVA de la propia Superintendencia.