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Dos niños wayuu sacan agua de un pozo artesanal en una de las rancherías en la Alta Guajira. EL HERALDO
La Guajira

Fallos ordenan a Santos nuevo plan y acciones en La Guajira

Corte Suprema, al modificar fallo del Tribunal de Riohacha, establece que Presidencia debe ejecutar a su favor un plan “eficiente y eficaz”, y entregar reportes mensuales.

Al conceder una acción de tutela presentada por la abogada Carolina Sáchica Moreno, el Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo que ordena a la Presidencia de la República y a otras entidades que, de manera inmediata y coordinada, adopten medidas adecuadas y necesarias para diseñar un plan definitivo que asegure en favor de los niños, niñas y adolescentes de la comunidad wayuu el acceso, la calidad y disponibilidad del servicio público esencial del agua potable.

El Tribunal tuteló también los derechos a la vida, salud, alimentación, vivienda digna, nivel de vida adecuado, a la identidad cultural, libre desarrollo de la personalidad, al ambiente, a la dignidad humana y a la igualdad de los menores de edad de esta comunidad indígena.

La acción fue impetrada por Sáchica a instancias de la organización indígena Shipia Wayuu, que representa Javier Rojas. En esencia, busca reivindicar los mismos derechos por los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, ordenó una serie de medidas cautelares que siguen sin cumplirse.

La sentencia, que puede ser apelada, tendrá efectos obligantes una vez sea notificada, proceso que, seguramente, se surtirá hoy; de inmediato las entidades conminadas, incluidos los ministerios de Relaciones Exteriores, Interior, Agricultura y Ambiente; las agencias nacionales de Tierras y de Licencias Ambientales, la Gobernación de La Guajira y Corpoguajira, deberán entrar a coordinarse para cumplir los mandamientos ordenados por el Tribunal.

“Este fallo es bonito porque beneficia a todos los niños, niñas y adolescentes wayuu de Manaure, Uribia, Riohacha y Maicao; si se elabora y cumple el plan ordenado por el Tribunal, muchas vidas se van a salvar, especialmente de infantes” indicó Carolina Sáchica.

La decisión establece que las acciones que se adelanten deben ser reportadas ante la Procuraduría General, que garantizará el cumplimiento de lo ordenado. Si no se respeta la decisión del Tribunal de Bogotá, las entuteladas estarían incurriendo en desacato.

Javier Rojas, representante de Shipia Wayuu, no pudo ser contactado después del fallo, pero un día antes había manifestado que si el resultaba era favorable y se hacía cumplir, se estaría dando el primer “gran paso” para resolver el problema de desnutrición y hambre en las comunidades wayuu.

Sáchica recordó que la Defensoría del Pueblo en 2014 realizó el informe Crisis Humanitaria en La Guajira, en el que estableció que la desnutrición en la niñez, para ese entonces, “había llegado a la vergonzosa cifra de 37.000 casos” y hablaba de un plazo razonable para adoptar las medidas a fin de superar esa crisis.

Sin embargo, dos años después el “plazo razonable” no se ha cumplido, ni existiendo las medidas cautelares que concedió la CIDH, en diciembre de 2015, en favor del pueblo wayuu.

En junio de este año, el Tribunal Superior de Riohacha falló una tutela, ordenando medidas para salvaguardar la vida de los niños indígenas, pero en la segunda instancia fue revocado, porque supuestamente no existía legitimación en la causa del accionante.

Ahora, con la tutela del Tribunal de Bogotá, la accionante Sáchica Moreno tiene la legitimidad que le da el poder otorgado por la organización Shipia Wayuu, además de la fuerza que le otorga haber conseguido de la CIDH las medidas cautelares vigentes, aunque no cumplidas a cabalidad.

Presidencia debe ejecutar plan “eficiente y eficaz”: Corte Suprema

Paralelo a la decisión del Tribunal de Bogotá, la Corte Suprema, a través de la Sala de Casación Civil, al modificar una tutela del Tribunal de Riohacha le ordenó a la Presidencia de la República diseñar, coordinar y ejecutar un “plan eficiente y eficaz que dé solución integral y definitiva” a las dificultades de desnutrición, salud y falta de acceso al agua potable y salud de los niños y niñas wayuu. Ayer, la Corte explicó que al resolver una tutela impugnada tras un fallo del Tribunal de Riohacha, la Sala de Casación determinó que el Gobierno Nacional debe trazar un “organigrama con tiempos razonables y reales”, conforme a “plazos claros y detallados para la materialización de cada una de las etapas que al efecto corresponda adoptar”. Dijo que el Departamento Administrativo de la Presidencia, con otras instancias nacionales, departamentales y municipales, tendrá la responsabilidad de coordinar las gestiones que sean menester para “superar el trance humanitario” que afecta a los indígenas guajiros. Precisa que la Presidencia deberá rendir cada mes al Tribunal de Riohacha un reporte de sus gestiones, además de los informes a presentar ante la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General.

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