El Juzgado Primero Penal del Circuito de Sabanalarga, presidido por David Modesto Güette Hernández, condenó recientemente a Alfonso Ramiro Gómez Mendoza por el feminicidio de su pareja Yenifer Paola Ortega Vega, ocurrido en octubre de 2024 en el municipio de Repelón, sur del Atlántico, en medio de un contexto de violencia de género.
Las pruebas presentas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que el representante del despacho condenara a 42 años y 8 meses de prisión a Gómez Mendoza, quien había sido capturado el 22 de octubre de 2024 por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación y, desde ese momento, permanece privado de la libertad.
El fallo conocido por EL HERALDO reconstruyó cómo el hoy condenado ocultó el cuerpo de la mujer debajo de una cama antes de huir del municipio.
La investigación adelantada por un fiscal de la Seccional Atlántico demostró que en la madrugada del 15 de octubre de 2024, en una vivienda del barrio El Porvenir, el hombre ahorcó a la víctima causándole la muerte. Posteriormente, envolvió en cuerpo en una sábana y lo ocultó debajo de la cama y después huyó del lugar en una motocicleta.
De acuerdo con el expediente judicial, la pareja mantenía una relación de aproximadamente 14 años y convivía en una residencia contigua a la casa de los padres de la víctima. Según la Fiscalía, durante la noche previa al crimen hubo consumo de licor en un ambiente familiar, pero horas después se habría desencadenado una discusión motivada por los celos del hoy condenado.
La investigación estableció que, tras asesinar a Yenifer Paola Ortega Vega mediante asfixia mecánica, Gómez Mendoza intentó quitarse la vida y posteriormente ocultó el cadáver debajo de una cama, envuelto en una sábana. Hacia las 4:00 de la madrugada abandonó el lugar en motocicleta, siendo captado por cámaras de seguridad instaladas cerca de la vivienda.
Uno de los testimonios más relevantes dentro del juicio fue el de uno de los hijos de la pareja, quien relató ante el juzgado que en la madrugada escuchó un fuerte ruido proveniente del baño y encontró a su padre intentando ahorcarse con un cable. El menor también afirmó que, al preguntar por su madre, el hombre le respondió que ella ya se había ido a trabajar.
Horas después, el padre de la víctima ingresó a la vivienda luego de notar que su hija no contestaba llamadas ni acudió a su lugar de trabajo. Según declaró ante el tribunal, encontró inicialmente un lavamanos destruido y luego halló el cuerpo de Yenifer oculto debajo de la cama.
En el juicio también fueron clave los testimonios de familiares y allegados que describieron una relación marcada por el control y la violencia psicológica.
Por otro lado, la necropsia practicada por Medicina Legal descartó la versión entregada por Gómez Mendoza, quien sostuvo durante el proceso que todo ocurrió tras un supuesto accidente. El hombre afirmó que Yenifer le lanzó ácido y que ella habría resbalado posteriormente, golpeándose de manera accidental.
Sin embargo, peritos forenses concluyeron que la causa de muerte fue una asfixia por compresión extrínseca del cuello, compatible con estrangulamiento manual. El informe también estableció que las lesiones encontradas no correspondían a maniobras de reanimación ni a una caída accidental.
Para el juzgado, esa hipótesis de la defensa del hoy condenado careció de respaldo probatorio y fue contradicha tanto por los hallazgos científicos como por el comportamiento posterior del individuo. En el fallo se destacó que Gómez Mendoza ocultó el cadáver, mintió a sus hijos y huyó del municipio antes de ser capturado días después en Santa Marta.
La Fiscalía calificó el caso como el de “un homicida posesivo”, argumentando que el crimen fue consecuencia de un patrón de dominación y cosificación hacia la víctima.
En esa misma línea, la Procuraduría coincidió en que existían antecedentes claros de violencia de género dentro de la relación, situación que permitió configurar el delito de feminicidio agravado.
Cabe recalcar que esta decisión es de primera instancia y frente a ella proceden los recursos de ley. Y en este caso, este medio conoció que la defensa de Alfonso Ramiro Gómez Mendoza apeló la condena.





















