La Corte Constitucional ya inició la revisión jurídica del decreto con el Gobierno nacional declaró la nueva emergencia económica, social y ecológica en ochos departamentos del país, los que hoy enfrentan las más graves afectaciones producto del frente frío que azotó a gran parte del Caribe.
“Declárese el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de este decreto”, se lee en el Decreto 0150 del 11 de febrero de 2026.
Ahora será el magistrado Miguel Polo Rosero quien adelantará el análisis del decreto con el fin de determinar si encaja con lo establecido en la Constitución o si por el contrario lo declara inconstitucional o, como medida cautelar, lo puede suspender provisionalmente como ya se hizo con la primera medida en caso de que se radique una solicitud al alto tribunal.
Esta revisión se considera necesaria pues así lo establece la ley cuando el Gobierno invoca facultades extraordinarias para atender fenómenos atípicos como las inundaciones en Córdoba en una época del año que se considera seca.
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Cabe aclarar que pese que ahora la declaratoria de esta nueva emergencia económica está bajo revisión de ese alto tribunal, esto no significa su suspensión por lo que no pausa su ejecución hasta tanto no se tome una decisión de fondo. En caso de que se declare exequible seguirá rigiendo sin ninguna alteración.
El decreto establece que el Gobierno “adoptará mediante decretos legislativos todas aquellas medidas que sean necesarias y estén destinadas exclusivamente a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, incluyendo las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.
Además, señala que se convocará al Congreso de la República para el décimo día siguiente al vencimiento del cese del estado de emergencia económica, social y ecológica, con el fin de que se realice el control político sobre el ejercicio de las facultades extraordinarias del Gobierno nacional.
Explica que la declaratoria de la emergencia responde a las afectaciones que sufrió la región Caribe colombiana por un evento hidrometeorológico atípico, asociado al desplazamiento latitudinal anómalo de un frente frío, entre el 1 y el 6 de febrero.
Agrega que con base en el consolidado nacional de reportes de afectación por lluvias para el periodo comprendido entre el 27 de enero y el 6 de febrero, emitido por la Sala de Crisis de la Ungrd, se reportaron 65 emergencias, entre las cuales se encuentran: 53 eventos de inundaciones, cinco movimientos en masa, tres crecientes súbitas, dos vendavales, una erosión fluvial y una erosión costera en 61 municipios de ocho departamentos del país.





















