Un estudiante de medicina de la Universidad del Sinú, que cursa octavo semestre, denunció que fue víctima de un presunto 'caso de discriminación' debido a su orientación sexual, cuando fue a donar sangre en el laboratorio Hemocaribe.
En diálogo con EL HERALDO, el estudiante, que pidió ser identificado como Juan David, dijo que el caso se registró el pasado lunes, a las 8:00 a.m., cuando, según su versión, no le fue permitido donar sangre 'solo por ser gay'.
'Hago parte de un grupo de WhatsApp, donde tratamos temas de violencia contra la mujer, y se estaba comentando que en los bancos de sangre se pasan muchas dificultades porque hay muy pocas personas interesadas en donar. Por eso tomé la decisión de hacerlo. Sin embargo, después de varias preguntas, una de las enfermeras comenzó a consultarme sobre mi orientación sexual y como le contesté que soy gay no aceptaron mi donación', explicó.
Manifestó que 'fue algo muy humillante y discriminatorio porque no existe ninguna evidencia científica que diga que los gais no podemos donar sangre. Una enfermedad venérea también la puede contraer una persona heterosexual'.
El estudiante le hizo llegar a EL HERALDO un cartel con algunas restricciones que, según expresó, fueron el argumento empleado por el banco de sangre Hemocaribe para no aceptar su donación.
En el cartel, que consta de cinco puntos, se lee: 'Apreciado donante, abstenerse de donar si usted tiene uno o más de los siguientes factores de riesgo: (…) tener relaciones sexuales con personas del mismo sexo, tener relaciones sexuales con trabajadores sexuales, ser trabajador sexual', dicen el puntos segundo, tercer y cuarto del aviso.
Alfonso Marrugo, coordinador de derechos humanos de la fundación Juventud Diversa, que trabaja por la comunidad LGBTI, dijo que expusieron el caso en la Secretaría de Salud Departamental y que le corresponde al Dadis (Departamento Administrativo Distrital de Salud) saber lo que está pasando. 'Esperamos contar con el apoyo de la Personería y la Defensoría del Pueblo para que este tipo de hechos discriminatorios no sigan pasando', indicó.
Marrugo manifestó que existen sentencias, como la T-248 de 2012, que 'dejan claro que la orientación sexual no debe ser tenida en cuenta como un factor de riesgo para la donación de sangre'.
EL HERALDO se trasladó ayer a las instalaciones Hemocaribe de con el fin de conocer su versión y sus argumentos. Sin embargo, un empleado dijo que 'no hay personas autorizadas para entregar declaraciones'.
Ante la respuesta, se le insistió en que suministrara un número telefónico para contactar a alguien que pudiera referirse al tema, pero reiteró que tampoco era posible.
Personería lo asesorará
Consultado por EL HERALDO, el personero distrital, William Matson Ospino, catalogó el caso como 'un claro ejemplo de discriminación por preferencia sexual' y dijo que se comunicó con el estudiante que denuncia lo ocurrido para brindarle asesoría e interponer una acción de tutela que garantice sus derechos a la igualdad y a la no discriminación.
'En Cartagena no se deben permitir este tipo de situaciones porque el tema de la donación de sangre no tiene nada que ver con su preferencia sexual. El hecho de ser heterosexual no implica la presunción de sangre no contaminada', dijo Matson.
En caso similar, fallo de la Corte Constitucional amparó a donante
EL HERALDO consultó la sentencia T-248 de 2012 que analizó un caso similar ocurrido en Bucaramanga, cuando a un gay no le permitieron donar sangre por su orientación sexual. 'La restricción de donar sangre a los hombres homosexuales constituye por tanto una medida que no es conducente para lograr identificar a los donantes que configuran un riesgo, ya que va dirigido, no a los comportamientos sexuales riesgosos que son los que realmente están expuestos a una transmisión de VIH, sino a una calidad íntima de la identidad del donante, que per se no identifica riesgo alguno', dice la sentencia de la Corte Constitucional. Agrega que, 'en efecto, estudios científicos han mostrado que una de las formas de transmisión de la enfermedad son las prácticas sexuales inseguras, y no la orientación sexual de las personas en sí misma'. La jurisprudencia se dio luego de que una persona, identificada como Julián en el fallo, interpuso una tutela contra el Laboratorio Clínico Higuera Escalante, argumentando que no le permitieron donar sangre luego de revelar en la entrevista su orientación sexual.
'Afirma el actor (denunciante), que una vez respondió dichas preguntas, la persona a cargo le informó que no podía donar sangre, toda vez que el Decreto 1571 de 1993 hace alusión expresa a que las personas homosexuales tienen prohibido donar sangre', consigna la Corte. La abogada del banco explicó que la actividad estaba 'eminentemente reglada' por normas del Ministerio de Salud y del Invima; citó el artículo 49 de la Constitución y lo pertinente del decreto 1571 de 1993 y el Manual de Norma Técnicas, Administrativas y de Procedimiento de Bancos de Sangre, emitido por el Minsalud. Sin embargo, la Corte resolvió 'conceder la protección a los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad del señor Julián'. Le ordenó al laboratorio que '(…) si el actor lo desea, realice de nuevo la encuesta y entrevista dirigida a identificar factores de riesgo para la donación de sangre, sin tener en cuenta su orientación sexual, y en caso de que se acepte la donación, someta las muestras de sangre donada a las pruebas de tamizaje obligatorias'.
El fallo ordenó instruir al personal encargado de entrevistar y encuestar a los donantes sobre el contenido de la providencia, para evitar casos similares. También hizo un llamado al Minisalud para que 'revise la reglamentación vigente sobre recepción, extracción y suministro de donaciones de sangre, con el fin de eliminar los criterios de selección de donantes basados en la orientación sexual como criterio de calificación de riego de enfermedades infecciosas (...)'. Y lo exhortó a divulgar la decisión 'entre las entidades a cargo de la recepción, extracción y suministro de donaciones de sangre'.





















