En un nuevo giro del panorama electoral de Colombia, la Justicia ha comenzado a emitir sus primeras resoluciones en respuesta a las tutelas presentadas por dirigentes inconformes con las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE). Estas decisiones del CNE habían dejado sin piso algunas candidaturas a alcaldías y gobernaciones debido a consideraciones de inhabilitación de los candidatos.
{"titulo":"Consejo Nacional Electoral pide al Gobierno respeto a sus decisiones","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/cne-pide-al-gobierno-respeto-sus-decisiones-luego-de-revocar-inscripcion-de-candidata-la"}
Uno de los casos más destacados se presentó en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que emitió su fallo el pasado lunes, 2 de octubre. Lo que ocurrió entonces fue que el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, buscaba la suspensión de la Resolución 11177 del 27 de septiembre de 2023, mediante la cual el CNE había invalidado la candidatura a la gobernación del Valle del Cauca del conocido empresario Tulio Gómez, argumentando que este último se había inhabilitado al firmar un contrato con la Alcaldía de Cali.
Motoa, quien es el único senador de Cambio Radical que respaldaba a Gómez en el Valle, intentó recusar a algunos magistrados del CNE en un esfuerzo por anular la decisión, pero no tuvo éxito.
{"titulo":"¿Ante el rifirrafe por las revocatorias, cuál debe ser el futuro del CNE?","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/elecciones-2023-ante-el-rifirrafe-por-las-revocatorias-cual-debe-ser-el-futuro-del-cne"}
Al respecto, el magistrado Ramiro Ignacio Dueñas explicó que la resolución del CNE se aplicaba exclusivamente a Tulio Alberto Gómez Giraldo y no al senador Motoa, dado que esta no alude 'a quien funge como accionante en el expediente en referencia'.
El togado también señaló que no era evidente que la medida provisional solicitada fuera necesaria o urgente para proteger los derechos fundamentales alegados en la solicitud de amparo.
{"titulo":"CNE notificó ante los estrados las resoluciones sobre trámites de revocatoria","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/cne-notifico-ante-los-estrados-las-resoluciones-sobre-tramites-de-revocatoria-de"}
Otro caso que igualmente ha generado interés en la opinión pública se refiere a la candidatura a la alcaldía de Santa Marta de Carmen Patricia Caicedo, hermana del actual gobernador de Magdalena, Carlos Caicedo.
A pesar de que Caicedo, un aliado cercano del presidente Gustavo Petro, no ocultó su descontento con la decisión del CNE, el Consejo basó su revocatoria de la candidatura en un concepto emitido directamente por la Procuraduría General de la Nación.
{"titulo":"CNE revoca candidatura de hermana del gobernador Carlos Caicedo","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/cne-revoca-candidatura-de-hermana-del-gobernador-carlos-caicedo-1037263"}
El oficio de la Procuraduría, emitido el 18 de septiembre del año en curso, señaló que la relación de parentesco entre la candidata a la Alcaldía y el gobernador en ejercicio constituía una inhabilidad destinada a preservar la integridad de los procesos electorales y prevenir el nepotismo.
Tras analizar detenidamente el caso, fueron las procuradoras Magda Romero y Diana Amézquita quienes concluyeron que existía una inhabilidad en la candidatura de Carmen Caicedo debido a su vínculo de consanguinidad con el gobernador Carlos Eduardo Caicedo.
Mientras los candidatos luchan por mantener sus candidaturas en medio de estos desafíos legales, las elecciones regionales se acercan inexorablemente. Por ende, el país sigue atentamente cada uno de estos y otros acontecimientos similares, que tendrán un impacto significativo en el futuro político de Colombia.




















