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Luego de que se revelara que un total de 337 elegidos en los comicios regionales de octubre pasado no han presentado su informe de ingresos y gastos al Consejo Nacional Electoral, CNE, el magistrado de esta corporación, César Lorduy, explicó en un documento las sanciones que acarrea esta omisión.

{"titulo":"337 funcionarios electos no han reportado sus ingresos y gastos a CNE","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/mas-de-300-funcionarios-electos-en-octubre-no-han-reportados-sus-ingresos-y-gastos-cne"}

'Los partidos y movimientos políticos, así como los grupos significativos de ciudadanos deben remitir al CNE, dentro de los 15 días siguientes al 29 de diciembre de 2023, un informe de los candidatos avalados por esas organizaciones políticas que no cumplieron con la obligación de presentar oportunamente y ante ellos su informe individual de ingresos y gastos de campaña según el artículo 11 de la Resolución del CNE N° 4737 del 5 de julio de 2023', indica el togado

En este sentido, advierte, el candidato y el gerente de la campaña se exponen a que se les inicie una investigación administrativa por parte del CNE, que puede llevar a sanciones económicas, es decir multas que van desde los $18 millones a los $184 millones.

Además, señala Lorduy, 'los partidos políticos pueden aplicar a quienes fueron candidatos y no cumplieron con su deber de presentar el informe las sanciones de tipo administrativo que establezcan sus estatutos internos, algunas de las cuales contemplan la cancelación su afiliación como miembro de la colectividad política o abstenerse de avalar su candidatura en un futuro'.

Finalmente, se lee, el candidato que no haya presentado el informe no podrá acceder a la reposición de votos que otorga el Estado, en caso de que tuviere derecho a ello, de acuerdo con el artículo 19 de la Resolución del CNE N° 4737 del 5 de julio de 2023.

{"titulo":"Corte Suprema llamará a nuevos testigos en caso Nicolás Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/caso-nicolas-petro-corte-suprema-de-justicia-llamara-nuevos-testigos-1067397"}

Pero además el candidato, para acceder a la reposición, debe también no haber sobrepasado los límites a la financiación privada establecidos en la ley o los límites al monto de gastos fijados por el CNE; haber obtenido el candidato o la lista de candidatos, el porcentaje mínimo de votación exigido en la ley; haber acreditado la organización política un sistema de auditoría interna.

'Las anteriores sanciones se aplican sin perjuicio de que el CNE pueda exigir al candidato la presentación obligatoria del informe, con el fin de analizar si se presentó alguna violación a la normativa electoral y aplicar, adicionalmente, las sanciones a las que haya lugar', puso de presente el magistrado.