Josefina Villarreal"El edificio ‘Mirage 40’ será construido en la calle 81 No. 57-30. Al fondo se observa el ‘Grattacielo’, de 39 pisos. s:3:"a

Las viejas casas de estilo moderno y californiano del exclusivo barrio El Golf están siendo remplazadas por enormes edificios, como el rascacielos Mirage 40, de 40 pisos, que la constructora Grupo de Inversiones en Arquitectura S.A.S. pretende levantar en la calle 81 No. 57-30.

El abogado Augusto Rico García, representante de los habitantes del edificio Torre Omni, contiguo al ambicioso proyecto, afirma que existen irregularidades en la Resolución 356 de 2012 por la cual se concede licencia urbanística de construcción según radicado P-039 de 2012, expedida por el curador Urbano No. 2 de Barranquilla, José Ramón Cárdenas De la Hoz.

“Los vecinos colindantes, preocupados porque les construyan otro rascacielos en la misma calle donde hoy está casi terminado el edificio Grattacielo con 39 pisos, lo cual les traería como perjuicio congestión vehicular y humana con la misma infraestructura diseñada para vivienda unifamiliar, presentaron recurso de apelación a la decisión del Curador Urbano No. 2”, indica el profesional del Derecho.

En el recurso, que debe resolver el secretario de Planeación Distrital, Miguel Eduardo Vergara, se argumenta que en la expedición de la licencia hubo violaciones al Plan de Ordenamiento Territorial, POT, y a la Ley 388 De 1997.

El principal argumento del abogado consiste en que “los retiros mínimos laterales que debió aprobar el Curador Urbano No. 2 al proyecto apelado son de 16 metros y no de 12. Por ser el lote tan pequeño no soporta retiros laterales de 16 metros para el interés mercantilista del constructor de aprovechar el suelo para vender el mayor número de metros cuadrados construidos y dejar un caos urbano, representado en un tráfico de más de 120 vehículos saliendo y entrando en un mismo lado de la manzana y el nulo espacio público para los futuros habitantes del proyecto inmobiliario”.

Normatividad. Rico explica que el cuadro de usos de la Pieza Urbana Prado Norte, en el Polígono 12, Residencial R-6, establece que los multifamiliares Tipo 6 pueden tener altura máxima sin límite, para lo cual deben tener retiros mínimos laterales de 12 metros lineales.

Adicionalmente cita el Artículo 290: modifíquese el Artículo 159 del Decreto 0154 de 2000 en la parte correspondiente al Estatuto Urbanístico Distrital, el cual quedará así: para edificios que sobrepasen los 20 pisos, los retiros laterales y de fondo se incrementarán en un metro por cada cinco pisos o fracción adicionales, cuyo resultado se contabilizará a partir del primer piso.

En declaraciones a EL HERALDO, el arquitecto Ernesto Ferrer, funcionario de la Curaduría Urbana No. 2, aseguró que la licencia de construcción fue expedida según la normatividad. “La norma dice que para los edificios multifamiliares Tipo 6, sin límite de altura, los retiros laterales son de 12 metros, tenga los pisos que tenga”.

Mientras se resuelve el recurso de apelación, los habitantes del sector siguen preocupados por el considerable aumento del número de vehículos y personas que se avecina.

Por Víctor Ovalle Gil
victor.ovalle@elheraldo.co

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