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El Gobierno nacional emitió un decreto mediante el cual modifica el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y limita al 30 % los recursos que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) pueden mantener invertidos en el exterior, una medida que se aplicará de forma gradual durante los próximos cinco años.

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El decreto, expedido por el Ministerio de Hacienda, establece un límite global a las inversiones en el exterior para la suma de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias: conservador, moderado, de mayor riesgo y el fondo especial de retiro programado.

Actualmente, cerca del 50 % de los recursos administrados por las AFP se encuentra invertido fuera del país. Con la entrada en vigencia de la norma, ese porcentaje deberá reducirse al 30 %, lo que implica un ajuste gradual de los portafolios de inversión.

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De acuerdo con las estimaciones contenidas en el documento, la aplicación del decreto implicaría que, en los primeros tres años, las administradoras traigan al país cerca de $75 billones. En los dos años siguientes, la cifra acumulada alcanzaría aproximadamente $93 billones.

El decreto establece un régimen de transición de hasta cinco años y señala que el cumplimiento del nuevo límite no requerirá desinversiones abruptas. En el texto se indica que “la evidencia empírica demuestra que el cumplimiento del límite propuesto es operativamente viable, sin necesidad de desinversiones abruptas, mediante la utilización de los flujos provenientes de nuevas cotizaciones y la gestión de los vencimientos naturales de los instrumentos actualmente invertidos en el exterior”.

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Según el documento, este enfoque permitiría mitigar riesgos financieros, preservar la rentabilidad del ahorro individual y evitar disrupciones en los mercados, mientras las AFP ajustan sus inversiones al nuevo marco normativo.

Las administradoras deberán presentar ante la Superintendencia Financiera de Colombia un plan de ajuste dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto.

¿En qué se invertirán los recursos en Colombia?

El decreto señala que los recursos que regresen al país deberán destinarse a sectores considerados estratégicos para el desarrollo económico. Entre ellos se incluyen proyectos de infraestructura, movilidad, energía, transición energética y provisión de bienes públicos estratégicos.

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En particular, el documento menciona el Plan Maestro de Transporte Intermodal (PMTI), así como un portafolio de proyectos estimado en $111,5 billones para el período 2026–2028. También hace referencia a los Proyectos de Interés Nacional Estratégico con vigencias futuras aprobadas, cercanos a los $85 billones.

Además, el Gobierno contempla la creación de un banco de proyectos de inversión. En ese sentido, el texto establece que “el Ministerio de Hacienda podrá promover la creación de un banco de proyectos de inversión con enfoque productivo, cuyo desarrollo se materialice a través de cualquiera de los activos admisibles previstos en el régimen de inversión aplicable”.

Argumentos económicos y advertencias

Desde el punto de vista macroeconómico, el decreto sostiene que la canalización gradual de recursos hacia sectores intensivos en inversión podría generar efectos positivos sobre el crecimiento económico.

En el documento se lee que “los conceptos técnicos disponibles indican que la canalización gradual de recursos hacia sectores productivos intensivos en inversión, como infraestructura y construcción, puede generar impactos positivos sobre el crecimiento económico y el PIB potencial”.

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No obstante, la norma reconoce que uno de los principales cuestionamientos frente al límite a la inversión en el exterior es su posible impacto sobre la diversificación del portafolio y el perfil de riesgo y rentabilidad.

Frente a ese punto, el texto concluye que “dicho argumento no resulta fundado a la luz del marco normativo vigente y de los fundamentos técnicos de la gestión de portafolios”.

Este es el decreto oficial emitido por el Gobierno de Gustavo Petro: