En un fallo del Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, con fecha del 18 de diciembre del presente año, se conoció que negó en primera instancia la demanda de nulidad electoral presentada contra la elección de Ivón Rosana Manjarrez Ustáriz como alcaldesa de La Jagua del Pilar para el período 2025–2027.
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La acción judicial, interpuesta por Belisario Jiménez Lúquez, alegaba presuntas irregularidades como trashumancia electoral y la supuesta ilegalidad del puesto de votación del corregimiento de El Plan, durante las elecciones atípicas del 18 de mayo de 2025.
De acuerdo con la ponencia del magistrado Dilam Andrés Gámez Quijada, tras analizar las pruebas y los argumentos, el Tribunal concluyó que no se demostró la existencia de votos irregulares ni la invalidez del puesto de votación cuestionado, al establecer que El Plan sí cuenta con existencia jurídica como corregimiento desde la creación del municipio en 1998.
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“Esta Corporación niega las pretensiones de la demanda, debido a que el accionante no logró demostrar la causal de nulidad de «trashumancia electoral» invocada en la demanda; tampoco acreditó irregularidad alguna en el marco de las elecciones atípicas de alcalde en La Jagua del Pilar (La Guajira), celebradas el 18 de mayo de 2025 y, mucho menos, que tuvieran la capacidad de variar el resultado electoral”, se lee en la decisión del Tribunal.
En consecuencia, la corporación judicial determinó que el proceso electoral se ajustó a la ley y decidió mantener en firme la elección de Ivón Manjarrez Ustáriz como alcaldesa del municipio.



















