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Fue aprobado en último debate en la Cámara de Representantes el proyecto de ley con el cual se aumentar hasta 30 años de cárcel a quienes utilicen a menores de edad para la mendicidad. Además, se establece la posibilidad de perder la patria potestad de sus hijos los padres que utilicen a los menores de 18 años para esta actividad.

La iniciativa que avanzó a conciliación, crea una nueva circunstancia de agravación punitiva para el delito de trata de personas, aumentando las sanciones para quienes usen a menores de edad con fines de mendicidad.

{"titulo":"21 niños en condición de mendicidad quedaron a cargo del ICBF","enlace":"https://www.elheraldo.co/magdalena/21-ninos-en-condicion-de-mendicidad-quedaron-cargo-del-icbf-854297"}

Cabe señalar que desde hace algunos años las autoridades, en conjunto con centros comerciales y restaurantes, han presentado estrategia para reforzar la lucha contra esta práctica de pedir limosna utilizando a niños.

'Esta iniciativa surge como bandera de nuestra defensa de los derechos contemplados en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, referente a los derechos fundamentales de los niños, donde estipula que la familia, la sociedad y el Estado tiene la obligación de asistirlos, protegerlos con el propósito de garantizar su desarrollo armónico integral y el pleno desarrollo de sus derechos, priorizando que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás' precisó el Senador de Colombia Justa Libres John Milton Rodríguez.

{"titulo":"Estrategia contra la mendicidad","enlace":"https://www.elheraldo.co/barranquilla/estrategia-contra-la-mendicidad-751934"}

Es pertinente señalar que, en Colombia, de acuerdo con el artículo 315 del Código Civil colombiano se termina la patria potestad por emancipación judicial cuando el juez lo decrete, y uno de los casos es el atinente al maltrato del hijo. De igual manera, en concordancia con el artículo 14 de la Ley de Infancia y Adolescencia cuando se violen los parámetros establecidos referentes a la responsabilidad parental que se constituye en el complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil.