Una ejemplarizante sanción a un contratista que no ha cumplido con sus obligaciones en un contrato para el mejoramiento de la calidad del agua en uno de los acueductos del sur de La Guajira fue impuesta por parte de la empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de La Guajira (Esepgua) por una cifra superior a $384 millones de pesos.
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El 20 de enero de 2020 entre la Administración Temporal de Agua Potable y saneamiento Básico suscribió el contrato 008 de 2020 con el Consorcio Guajira, cuyo objeto es la optimización de la planta de tratamiento de agua potable del municipio de Villanueva por un valor de $1.922.890.214,00 y para la ejecución se determinaron seis meses desde el inicio de obras, lo cual se produjo el 24 de junio de 2020, por lo que debía ser entregado el 23 de diciembre del mismo año.
Sin embargo, ese diciembre de 2020 no se entregó la obra contratada con el Consorcio Guajira que está integrado por Germán Villanueva Calderón, persona natural que tiene el 60 % del consorcio, y Construsocial S.A.S, con un porcentaje de participación del 40 %.
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La fecha de diciembre de 2020 en la que debía entregarse la obra se fue dilatando y se fue aplazando por parte del contratista con acuerdos suscritos por el entonces contratante, la Administración Temporal de Agua Potable y saneamiento Básico, por la intervención que el Gobierno nacional había hecho a varios sectores del departamento, entre esos el de agua potable.
Al terminar esa intervención del Gobierno central asume la recién creada Esepgua y se reformula el proyecto para buscar cumplimiento, pero la situación sigue igual.
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Desde el 14 de marzo de 2023, cuando se firmó el reinicio de las actividades del proyecto, el contratista de obra no ha tenido avances en la ejecución de las mismas. Un informe técnico elaborado por los expertos de Esepgua indica que el contratista de obra no tiene el personal profesional, mano de obra no calificada, equipos y materiales necesarios para el reinicio de las actividades en el sitio de la obra.
Con base en toda la información que se generó por el incumplimiento, el supervisor del contrato solicitó que se hicieran efectivas las pólizas que tampoco aparecían y surgió lo que se podría considerar la necesidad de aplicar la sanción pecuniaria en la cuantía ya señalada.
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En La Guajira, según las versiones de expertos en la contratación, no hay un referente en los últimos 20 años, donde un contratante haya aplicado una sanción pecuniaria de importancia y mucho menos por una cuantía cercana ni superior a la que se acaba de anunciar en el acto empresarial de Esepgua, donde eso podría ser más a menudo teniendo en cuenta los antecedentes de incumplimiento o aparición de obras inconclusos de las que tiene muchos casos la historia administrativa de La Guajira.




















