El Heraldo
Silvia Gette Ponce, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, en momentos en los que salida de las instalaciones de la URI en Barranquilla. Archivo
Judicial

Los nuevos escándalos dentro de los procesos contra Silvia Gette

La exrectora obtuvo el beneficio de detención domiciliaria en junio de 2020. Por Habeas Corpus logró la libertad en uno de los casos. 

Las reacciones frente a la decisión judicial que concedió, por vía de Habeas Corpus la libertad de la exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, Silvia Gette Ponce, no se han hecho esperar.

La medida se dio por vencimiento de términos de uno de los procesos, entonces, la defensa alegó que habían transcurrido seis meses desde el momento en el que se confirmó, en primera instancia, la vinculación de Gette como presunta determinadora del crimen del ganadero Fernando Cepeda Vargas, ocurrido en agosto de 2003.

Es decir, que los abogados aprovecharon que el juicio en segunda instancia no inició a su debido momento y solicitaron la libertad.

El abogado Miguel Ángel Del Río, representante de las víctimas, sostuvo que Gette no puede quedar en libertad debido a que prevalece la sentencia condenatoria que en la actualidad cumple en su lugar de residencia, por el caso de los autopréstamos de más de $1.000 millones en detrimento del alma mater. 

“Ella debe cumplir esa sentencia condenatoria para después gozar de su libertad. Pero nosotros interpondremos una tutela contra la decisión del Tribunal para que revoquen la decisión por Habeas Corpus y continúe con el tema de la medida de aseguramiento vigente para que eso nos de tiempo hasta que vayamos a juicio”, dijo Del Río.

El abogado afirmó que el Juzgado 11 Penal del Circuito de Barranquilla “es el responsable” de que haya permitido “transcurrir el tiempo en el proceso” por el que se le otorgó la libertad a Gette.

“Desde junio de 2020 la Fiscalía, que lleva el proceso por el homicidio de Cepeda, radicó el expediente en el centro de servicios, pero se lo devolvieron al ente de investigación por el tema de la pandemia y desde el 15 de septiembre el Juzgado 11 Penal del Circuito de Conocimiento estableció que tenía el expediente en su poder y que abocaría conocimiento cosa que no ha hecho”, alegó el abogado.

Por su parte, la defensa de Gette sostiene que “es un derecho que se da por haber transcurrido el término señalado por ley para empezar el juicio oral. Situación jurídica indiscutible dentro de tal proceso”.

“Vale recalcar que el derecho penal no está concebido con el ánimo vengativo, sino con el fin de restaurar el derecho que presuntamente se ha vulnerado a las víctimas y a la infracción a la ley. Es decir, la privación de la libertad de manera intramural no es la única forma de resocializar al delincuente, de no ser así, deberíamos pensar en la pena de muerte”, dijo la defensa.

Por lo tanto, Gette Ponce continúa privada de la libertad, esta vez no dentro de un centro de reclusión, sino en su lugar de residencia, “con las idénticas condiciones de detención, bajo el reglamento de las autoridades carcelarias”, destacó la defensa en un comunicado.

Casa por cárcel

Desde junio de este año, la exrectora de la AUC goza del beneficio de prisión domiciliaria y según sus abogados, la medida se debió al estado antinatural de la Covid-19, que está padeciendo todo el mundo, hecho que ha generado expedición de normas en busca de garantizar el derecho a la vida de todas las personas.

En la petición, la defensa alegó que la excretora tiene una cierta edad (69 años) que la hace de especial cuidado frente a la actual pandemia.

Por esa razón, dijeron los abogados en un comunicado, que “el juez que conoce el trámite advirtió que los mencionados decretos (los  emitidos por el Gobierno Nacional)se adecuaban a su estado, motivo por el cual consideró que su residencia o mejor aún la prisión domiciliaria, es la mejor situación para que ella siguiera purgando su pena de prisión de primera instancia, mientras se desata el recurso de apelación”.

Según la defensa, la procesada actualmente padece de trastorno pulmonar, y neumonía atípica, patologías que se encuentran enlistadas dentro del decreto 546 que permitía los beneficios de los internos en medio de la pandemia.

Sin embargo, este medio accedió al fallo que otorgó el beneficio y señala que el juez negó la prisión domiciliaria transitoria elevada por la defensa dentro los términos del decreto 546. Es decir, el que permite la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente a la pandemia.

Entre tanto, concedió la sustitución de la libertad intramural, por prisión domiciliaria en forma transitoria, en favor de que Gette es una persona mayor de 65 años conforme al artículo 362 en concordancia con el 471 de la ley 600 de 2000.

Así habría festejado Gette su cumpleaños
Silvia Gette en una celebración en su casa.

Luego de conocerse los beneficios procesales a los que accedió Silvia Gette Ponce, este medio tuvo acceso a unas fotografías en las que aparece la exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, celebrando su cumpleaños.

La fiesta se dio en la casa donde Gette cumple con su detención domiciliaria y en las imágenes se puede ver un grupo de personas que la acompañan.

Las imágenes fueron subidas como historias a la red social Instagram, el pasado 18 de noviembre, cuando la exrectora de la UAC festejaba su cumpleaños.

En las fotos aparecen 6 personas, pero en un video que demora unos 4 segundos se pueden ver unas 10 personas en la celebración. Varios de los asistentes llevan tapabocas, por lo que reafirma que las imágenes fueron realizadas recientemente.

Lo curioso del caso es que Gette aparece sin tapabocas y rodeadas de varias personas, pese a que el beneficio de casa por cárcel se dio por razones a su edad en medio de la actual pandemia de la Covid-19.

“No fuimos notificados”

El representante de la UAC, Daniel Largacha Torres, le dijo a EL HERALDO que “no tenemos conocimiento para la fecha de ninguna decisión judicial proferida relacionada con la libertad de la señora Silvia Gette Ponce o con el otorgamiento de la detención domiciliaria que han reseñado los medios de comunicación. No hemos sido ni enterados ni notificados al respecto”.

Recordó que “la señora Gette Ponce se encuentra condenada en primera instancia por el delito de abuso de confianza calificado a una pena de 9 años de prisión”.

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