El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla revocó la sentencia absolutoria que favorecía a Darío Alberto Laíno Scopetta, conocido con los alias ‘JM’, ‘M1’ o, el más conocido de todos, ‘Ojos Azules’, y lo condenó a 30 años de prisión por los delitos de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir agravado.

Se trata de una decisión dentro del histórico proceso judicial por el crimen del abogado de ideas de izquierda, exmiembro del M-19 y de la Corriente de Renovación Socialista, CRS, firmante del acuerdo de paz con el gobierno del presidente César Gaviria en abril de 1994, Neftalí Romero Gutiérrez y su entonces escolta del DAS, Alberto Miguel Santamaría Peña, en hechos ocurridos el 12 de mayo de 2001 en cercanías de un taller de mecánica automotriz del barrio Alfonso López, en el sur de Barranquilla.
Ese hecho de sangre hizo parte del oscuro capítulo de las Autodefensas Unidas de Colombia en el departamento del Atlántico, cuando a comienzos del nuevo milenio pretendían el control de absolutamente todo como plan de expansión, acababan con el que fuera un obstáculo y aún estaba lejos la desmovilización.
La decisión del alto tribunal, adoptada el 11 de febrero de este 2026 por la Sala de Decisión Penal, pero que trascendió este viernes 27 de febrero, constituye la segunda condena en contra del procesado y redefine su rol dentro de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia, al ubicarlo como comandante y no como un presunto financiador, como se había sostenido en otros escenarios judiciales.
Este medio conoció que el fallo revocó la sentencia proferida el 12 de junio de 2025 por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, que había absuelto al procesado por duda razonable y aplicación del principio non bis in idem.
En primera instancia, el juez de conocimiento consideró que no existía prueba idónea y suficiente que demostrara que Laíno Scopetta tuviera poder real de mando dentro de la organización criminal, requisito esencial para atribuirle autoría mediata en aparatos organizados de poder como las AUC.
Aunque varios informes y declaraciones lo mencionaban como comandante bajo los alias ‘JM’, ‘M1’ u ‘Ojos Azules’, el despacho estimó que tales referencias provenían de relatos indirectos, contradictorios o de oídas, sin que exmiembros de la estructura afirmaran de manera contundente haber recibido órdenes directas suyas.
Los argumentos de la Fiscalía
La Fiscalía apeló la absolución señalando errores de hecho y de derecho en la valoración probatoria. Sostuvo que el juez de primera instancia otorgó un efecto vinculante indebido a decisiones judiciales anteriores, entre ellas una sentencia absolutoria emitida por el Juzgado Once Penal del Circuito Especializado de Bogotá y su confirmación por el Tribunal Superior, cuando cada proceso debe valorarse de manera autónoma.
Además, el ente acusador argumentó que en el nuevo proceso se incorporaron pruebas adicionales y relevantes que no habían sido analizadas en decisiones anteriores, y que en etapas previas habría existido un “pacto de silencio” que limitó la obtención de elementos probatorios clave.
Según la Fiscalía, el análisis integral de los testimonios permitió ubicar a Laíno Scopetta dentro de la línea de mando del Frente ‘José Pablo Díaz’, con funciones jerárquicas claramente identificadas, y las eventuales inconsistencias en las declaraciones corresponden a aspectos secundarios que no desvirtúan lo esencial de su participación.

Además de la condena a 30 años de prisión, el Tribunal impuso una inhabilitación de 10 años para ejercer funciones públicas, negó beneficios como la prisión domiciliaria y ordenó su captura inmediata. Contra la sentencia solo procede el recurso de impugnación especial, al tratarse de una primera condena emitida en segunda instancia.
Hay que señalar que Laíno Scopetta fue capturado en la capital del Atlántico por el CTI de la Fiscalía en noviembre de 2022, en cumplimiento a una orden de captura solicitada por el Juzgado Décimo Penal del Circuito de Bogotá y, al parecer, en relación al crimen del sindicalista Manuel Santiago Pájaro Peinado, ocurrido el día 16 de agosto de 2001.
Desde ese tiempo se tiene información de su permanencia en prisión, aunque en la reciente decisión del Tribunal se pide su “captura inmediata”.




















