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Este muy atento si su documento de identidad o nit terminan en 27 y 36, pues tendrá plazo desde el 2 al 6 de septiembre, para adelantar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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Recuerde que la declaración de renta es una obligación tributaria que no puede pasar por alto. A partir de agosto y hasta octubre las personas naturales deben informar al Estado sobre sus gastos, sus propiedades y consumos del año 2023.

Pero, no todas las personas que declaran tienen que pagar necesariamente a la entidad aduanera. La DIAN puso unas condiciones para que las personas supieran si tenían que declarar:

  • Que su patrimonio bruto al término del año gravable 2023 sea mayor o igual a 190.854.000 millones de pesos.
  • Que los ingresos totales del año sean igual o superiores a 59.377.000 millones de pesos.
  • Que sus consumos de la tarjeta de crédito sean igual o superiores a 59.377.000 millones de pesos.
  • Que el valor total de sus compras o consumos sean igual o mayor a 59.377.000 millones de pesos.
  • Que el total de consignaciones bancarias sean igual o mayor a 59.377.000 millones de pesos.

Documentos para declarar renta

  • Certificados o extractos bancarios de cuentas de ahorro o corrientes.
  • Certificados de la inversiones emitidos por la entidad donde se ejecutaron.
  • Documentos de bienes como vehículos o inmuebles (como impuesto predial, escrituras, facturas de compra).
  • Documentos que respalden deudas ( como letras, pagarés, hipotecas).

Cédulas que declaran del 2 al 6 de septiembre

  • 2 de septiembre del 2024: 27 y 28
  • 3 de septiembre del 2024: 29 y 30
  • 4 de septiembre del 2024: 31 y 32
  • 5 de septiembre del 2024: 33 y 34
  • 6 de septiembre del 2024: 35 y 36