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La tasa de usura que estará vigente en agosto en Colombia es de 43,13 % efectivo anual, porcentaje que representa una reducción de 91 puntos básicos frente a la de julio de este año (44,04 %).

{"titulo":"Banco de la República decidió mantener su tasa de interés al 13,25 %","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/banco-de-la-republica-decidio-mantener-su-tasa-de-interes-al-1325-1019959"}

Esta tasa es la máxima que pueden cobrar los bancos por las compras con tarjeta de crédito o créditos ordinarios.

Así las cosas, se completaron cuatro meses consecutivos de bajas en esta tasa de usura.

{"titulo":"El dólar mantiene su racha bajista y se ubica en un promedio de $3.915","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/precio-del-dolar-para-este-viernes-28-de-julio-de-2023-1019137"}

Cabe resaltar que legalmente los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el interés bancario corriente, este cálculo da como resultado la tasa de usura.

Estos valores fueron certificados por la Superintendencia Financiera de Colombia.