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Colombia

Mujeres que se vuelven a casar tienen derecho a la pensión de sobreviviente

La Corte Suprema rectificó la norma que "se basaba en un criterio moral que imponía un sacrificio de la autonomía".

La Corte Suprema de Justicia informó este martes en un comunicado que las mujeres que vuelven a casarse siguen teniendo derecho a la pensión de sobreviviente.

Así se lo reconoció a una mujer que perdió la pensión de sobreviviente porque en 1989 volvió a casarse.

La Corte evaluó la aplicación del artículo 62 de la Ley 90 de 1946. Esa norma establecía que contraer “nuevas nupcias” era una causal para perder lo que entonces se conocía como pensión de viudedad.

Aunque en dos sentencias (una de 1996 y otra del 2016) la Corte Constitucional declaró inexequible esa expresión por considerarla discriminatoria, los efectos de esas decisiones que permitían recuperar la prestación solo se estaban aplicando para los casos de personas que se hubieran vuelto a casar después de la Constitución de 1991, y no cuando estaba vigente la de 1886 porque se regían por unas reglas y normas distintas.

Por ello, la Sala de Casación Laboral reconsideró esa añeja postura y decidió rectificarla con el fin de proteger la equidad y la justicia social.

"Esa restricción de la Ley 90 de 1946 se dio en un contexto en el que había una marcada influencia conservadora y religiosa en todos los ámbitos de la vida cotidiana, incluso en la Constitución, y por eso se consideraba que volver a casarse era una afrenta para la memoria del familiar de quien se recibía la pensión, por lo que se perdía este derecho como una especie de castigo por tomar esa decisión de vida", indicó el alto tribunal en el comunicado.

Con los cambios que trajo la Constitución del 91, la Corte señaló que es inadmisible seguir permitiendo con un criterio normativista la restricción pensional que traía esta ley de 1946 para quienes se casaron por segunda vez antes de la Carta del 91, es decir, solo porque la pensión estaba regida por el anterior régimen constitucional.

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