Desde el 1 de diciembre de 2020, la Registraduría Nacional implementó la nueva cara de la cédula de ciudadanía que viene en dos formatos: la versión física en policarbonato y la digital que se activa a través de un aplicativo móvil.
La cédula de seguridad personalizada en policarbonato, es un documento que impide su adulteración o falsificación. Cuenta con código QR cifrado, el cual contiene información de seguridad e información biométrica que garantiza que el uso del documento solo pueda ser realizado por el titular, evitando la suplantación de identidad y facilitando la interoperabilidad, según apunta la Registraduría.
Asimismo, la solución de identidad digital, incluye la cédula de ciudadanía digital en una credencial digital para dispositivos Smartphone IOS y Android tipo “APP” denominada “cédula digital Colombia”, auténtica y emitida por la Registraduría, que incorpora características de seguridad de última generación, niveles de cifrado de datos y autenticación biométrica facial del ciudadano.

Cualquier ciudadano colombiano puede tramitar la cédula digital no importando si aún tiene la cédula amarilla con hologramas. El trámite de obtención de la cédula por primera vez para todos los ciudadanos que cumplan la mayoría de edad (18 años) se realizará de forma presencial, sin costo ni agendamiento.
Sin embargo, si desea tramitar un duplicado este sí tiene un costo de $76.100 (para 2026). Para la rectificación de cédula, que aplica solo en los casos de corrección de componente de sexo (No Binario - NB/TRANS), el costo también es de $76.100.
¿En qué casos no pagará el trámite?
De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, para la Registraduría existen unos grupos poblacionales beneficiados con la exoneración del pago de los servicios de registro civil e identificación, incluyendo a aquellos residentes en el exterior.
El colombiano tendrá el derecho a la exoneración por una sola vez y cobija a los colombianos residentes en el exterior, indistintamente de la causal. Se exceptúan de esta condición los siguientes grupos poblacionales:
- Población Sisbén IV, todos los subgrupos pertenecientes al grupo A
- Población desplazada por la violencia y población víctima registrada en el RUV (Registro Único de Víctimas Ley 1448 de 2011)
- Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado
- Persona perteneciente a la comunidad LGTBI en condición de vulnerabilidad
- Persona con discapacidad en condición de pobreza
- Persona habitante de calle
- Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales
- Personas repatriadas que requieran asistencia y ayuda social del Estado
- Personas que se encuentren recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios del país y quienes se encuentren en centros especializados para adolescentes privados de la libertad
- Persona perteneciente a comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia
Para acreditar su condición y/o pertenencia a un grupo poblacional, ten en cuenta que debe presentar una documentación especifica dependiendo el caso del ciudadano. Para saber en detalle visite el apartado de la Registraduría en la que especifican los requisitos a presentar en su página web.




















