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El 30 de abril el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, firmó la Resolución 149 de 2026 mediante la cual autoriza la intervención forzosa administrativa de Asmet Salud EPS por un mes más.

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“La EPS presenta una viabilidad condicionada, frágil y sujeta a la adopción inmediata de medidas correctivas estructurales, advirtiendo la persistencia de riesgos relevantes en los componentes técnico, financiero y jurídico que comprometen su sostenibilidad en el corto y mediano plazo”, fue el concepto positivo de la Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud y Riesgos Laborales y Pensiones del Ministerio de Salud para justificar la prórroga.

La intervención de Asmet Salud iba hasta el 11 de mayo de este año, según quedó establecido en la Resolución 153 del 9 de mayo de 2025 que prorrogaba por segunda vez dicha intervención que había comenzado el 11 de mayo de 2023. Sin embargo, con esta nueva orden del ministerio la toma de la Superintendencia de Salud irá hasta el 11 de junio de este año.

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Para la cartera de Salud, los problemas al interior de la EPS “no han sido superados” y, por el contrario, “persisten de manera estructural” en los distintos componentes evaluados. “Si bien se evidencian avances puntuales en algunos indicadores operativos, estos no son suficientes para desvirtuar el escenario de riesgo alto en el que se mantiene la entidad”.

Dapre
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“Resulta procedente la prórroga de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar, como mecanismo necesario para continuar con el proceso de estabilización, fortalecer las capacidades institucionales de la EPS y mitigar los riesgos identificados”, argumentan.

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Y es que según el ministerio, la terminación de la intervención supondría “riesgos sistémicos” en términos de continuidad del aseguramiento, estabilidad de la red prestadora y garantía del derecho fundamental a la salud.

“Dicha prórroga debe estar acompañada de un seguimiento reforzado, con metas verificables y medidas estructurales orientadas a corregir de fondo las deficiencias identificadas, particularmente en los componentes financiero, técnico-científico y jurídico, de manera que se garantice no solo la continuidad de la operación, sino la efectiva protección del derecho fundamental a la salud de la población afiliada”, se lee en la resolución.