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La Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca citó al presidente Gustavo Petro a una audiencia pública virtual para el próximo 13 de marzo, en la que deberá sustentar con pruebas sus señalamientos de posible fraude electoral de cara a los comicios legislativos del 8 de marzo.

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El tribunal tomó esta decisión al resolver una solicitud de medida cautelar de urgencia dentro de una acción popular que busca que el presidente Gustavo Petro detenga sus afirmaciones sobre la “falta” de transparencia de las elecciones, las cuales ha venido lanzando de manera reiterada en las últimas semanas a través de redes sociales y alocuciones.

Con la solicitud de medida cautelar se pretende que “se disponga la inmediata cesación de las actividades que puedan amenazar, originar el daño, que lo hayan causado o lo sigan ocasionando, al derecho colectivo al servicio público administrativo de la función electoral y a que su prestación sea eficiente y oportuna, solicitándole al señor Presidente de la República que en sus alocuciones presidenciales, discursos públicos o en sus redes sociales omita transmitir o retransmitir cualquier afirmación, opinión o comentario que ponga en duda la transparencia del proceso electoral que se aproxima”, dice la Sección Primera en un auto de 15 páginas.

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Advierte que si bien el 8 de marzo de 2026 se llevará a cabo la jornada de votaciones para Congreso y consultas presidenciales, “lo cierto es que dicha jornada tendrá una fase posterior que haría pertinente una eventual medida cautelar”, afirma la Sección Primera en un auto de quince páginas.

El tribunal resolvió impartir el trámite de medida cautelar ordinaria a la solicitud del agente del Ministerio Público delegado ante ese despacho.

Asimismo, dio un plazo de cinco días para que la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y el presidente de la República se pronuncien en relación con la solicitud de medida cautelar elevada por el Ministerio Público.

“Por su condición de entidad responsable de la protección del derecho colectivo también se correrá traslado por el mismo término al Registrador Nacional del Estado Civil y al Presidente del Consejo Nacional Electoral”, indica el auto.

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Por último, convocó una audiencia pública potestativa (virtual) para el viernes 13 de marzo de 2026, 8:30 a. m., a las siguientes personas y organizaciones:

Los sujetos procesales: el actor popular, la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el presidente de la República o el ministro del Interior (como delegado suyo), el registrador Nacional del Estado Civil y el presidente del Consejo Nacional Electoral.

Al procurador General de la Nación o al viceprocurador General de la Nación y al agente del Ministerio Público. A Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral, MOE; a Miroslav Jenca, director de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea; y a Leonel Fernández, director de la Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos.

“El propósito de la audiencia será escuchar a los sujetos procesales y a los expertos convocados en relación con la solicitud de medida cautelar elevada por el señor agente del Ministerio Público y, en general, con las garantías del sistema electoral en el contexto que ofrece el reclamo de protección de derechos colectivos, formulado por el actor popular”, dice la citación del Tribunal.