En Colombia se plantean nuevas medidas y sanciones para que los padres cumplan con la manutención de sus hijos. La representante a la Cámara, Jennifer Pedraza propondrá – en la próxima legislatura – que los padres de familia que estén en mora con la cuota alimentaria de sus pequeños no puedan ingresar a eventos masivos como partidos de fútbol y conciertos.
Es esta manera, el hombre o mujer que está en deuda con la manutención de sus hijos y quiera entrar a un evento no podrá hacerlo. Acciones como estás ya han sido aplicadas en otros países latinoamericanos como Argentina, donde tres aficionados no pudieron entrar al estadio Más Monumental de Buenos Aires a ver un partido de Eliminatoria porque no había cumplido con sus obligaciones alimentarias.
De acuerdo con la congresista si el padre cuenta con recursos para adquirir una boleta para ver un evento musical o deportivo, también debería tener para cumplir con manutención.
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“Si tiene plata para comprar una boleta para ver a su ‘equipo del alma’ o a su artista favorito, también tiene plata para pagar por la alimentación de sus hijos”, aseguró.
“No podemos permitir que padres y madres irresponsables dejen en su casa a sus hijos aguantando hambre mientras ellos se van a pasarla bueno”, agregó.
Para Pedraza que las personas morosas en sus obligaciones alimentarias puedan acceder a cargos públicos o usar sus recursos a actividades de entretenimiento y no a la crianza de sus hijos es “contrario al principio de prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política”.
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¿Cómo saber si un asistente a un evento está en mora con la cuota alimentaria?
Antes esta propuesta surgen interrogantes sobre cómo los organizadores de un evento masivo sabrían si un padre está en mora de pagar una cuota alimentaria. Para esto, existe el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Redam, creado por el Gobierno a través de la Ley 2097 de 2021.
Allí, aparecen las personas que incumples tres cuotas alimentarias ya sean sucesivas o no.
¿Cómo se calcula la cuota alimentaria?
Con el incremento del salario mínimo en 2026, muchos suelen preguntarse si la cuota alimentaria también aumenta. La ley establece que la cuota alimentaria puede oscilar entre el 20% y el 35 % del salario mínimo o hasta el 50%. Sobre esto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) explica, lo que el padre o la madre están obligados a darle a su hijo o hija.
“La ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligado a pasar la cuota. Recordemos que en la cuota alimentaria se deben incluir no solo los alimentos, sino también los costos de vivienda (arriendo, servicios), educación, salud, vestuario, recreación, transporte y todo lo que el menor de edad necesite para para su desarrollo integral”, se lee en el portal oficial de la entidad.
En caso que el progenitor devengue un salario mínimo, es decir, $1.750.905 sin auxilio de transporte, una cuota del 20% representa $350 mil mensuales; en caso que sea del 35%, la cifra será de $612.000. Si por el contrario la cuota está fijada en el 50%, el padre deberá otorgar $875.452.
Vale recordar que en un principio, los padres pueden conciliar para determinar, según los gastos del menor y la capacidad económica del progenitor, cuánto podría ser la cuota alimentaria. Pero, en caso de no lograr un acuerdo, se puede acudir a un juzgado de familia para encontrar la solución.
Asimismo, en caso de que el padre o la madre queden sin trabajo, es importante lograr un nuevo acuerdo. El ICBF indica que en estos casos “el padre o la madre que está obligado a cumplir con la cuota, debe acudir al centro zonal del ICBF más cercano a donde se encuentre el niño, niña o adolescente y solicitar la revisión de la cuota, teniendo en cuenta sus ingresos reales y las necesidades mensuales del menor de edad”.





















