Compartir:

En un fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado determinó que el presidente Gustavo Petro vulneró los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre a Enrique Vargas Lleras, por lo que le ordenó al mandatario retractarse en un plazo de 48 horas.

Leer más: La CIDH revisa el caso de la polémica condena contra el expresidente Álvaro Uribe

La alta corte de lo contencioso administrativo confirmó el amparo de los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre a Vargas Lleras, en el marco de la acción de tutela presentada contra el jefe de Estado por una publicación realizada el 2 de enero de 2025 en la red social X.

Esto al afirmar públicamente Petro que la familia Vargas Lleras, a través de la Nueva EPS, habría ocultado deudas por $5 billones para aparentar una situación financiera favorable.

Según la sentencia, tales afirmaciones constituyeron hechos presentados como ciertos, sin respaldo judicial ni administrativo, desconociendo el principio de veracidad y la presunción de inocencia.

Le puede interesar: Video: evacúan vuelo entre Bucaramanga y Bogotá tras amenazas de un hombre con posibles explosivos

Por ello el mandatario deberá publicar en su cuenta personal de X, así como en las redes oficiales de la Presidencia y del Departamento Administrativo de la Presidencia, Dapre, un mensaje en el que aclare que las afirmaciones difundidas no corresponden a hechos ciertos. Y el pronunciamiento deberá permanecer publicado por dos meses.

“Ante la gravedad de las afirmaciones, el 15 de enero, Enrique Vargas Lleras solicitó formalmente una rectificación, la cual fue negada por la Presidencia de la República el 26 de febrero, argumentando que se trataba de una opinión política sustentada en denuncias y reportes de prensa. Ante la negativa, Vargas Lleras presentó el 3 de marzo de 2025 una acción de tutela en defensa de sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre. El 11 de abril, la Sección Tercera del Consejo de Estado falló en primera instancia a su favor, ordenando al presidente retractarse y publicar excusas en sus redes oficiales. La Presidencia impugnó la decisión, sosteniendo que las afirmaciones del mandatario hacían parte del debate político y no constituían una imputación penal. Sin embargo, el 21 de agosto de 2025, la Sección Cuarta del Consejo de Estado resolvió la impugnación en segunda instancia, confirmando el amparo y modificando la orden para que la retractación precise que los hechos mencionados por el presidente ‘no son ciertos’”, se lee en el comunicado emitido por Vargas Lleras.

Lea también: Mecánico de 21 años fue asesinado en su casa con el cordón de un zapato