El Consejo de Estado dejó sin efecto la sanción disciplinaria que la Procuraduría General de la Nación había impuesto al exalcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, quien había sido inhabilitado por nueve años para ejercer cargos públicos.
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La decisión fue tomada por la Sala Especial de Decisión del alto tribunal, que determinó que tanto el fallo de “primera instancia del 5 de julio de 2024, proferido por la Procuraduría Delegada de Juzgamiento 1, así como el fallo de segunda instancia del 21 de noviembre de 2024, emanado de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación, fueron contrarios a derecho”.
El proceso disciplinario giraba en torno a la compra de pruebas rápidas para el diagnóstico y manejo del Covid-19 durante su administración. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que el comportamiento por el cual fue sancionado no constituía falta disciplinaria, según el análisis jurídico del caso.
“Actos administrativos fueron expedidos en contravía de las normas en que debían fundarse, en la medida que sancionaron al investigado sobre la base de un comportamiento que no constituyó falta disciplinaria, en los términos en los que fue estructurado el juicio de reproche efectuado por el ente de control”.
La Sala también aclaró que no condenará a la Procuraduría al pago de perjuicios a favor del exmandatario, en tanto su acusación no fue acreditada.