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El exsenador sucreño Álvaro Alfonso ‘El Gordo’ García Romero sigue librando una batalla jurídica para demostrar su inocencia en la masacre de Macayepo, a pesar de haber sido condenado a 40 años de prisión por estos hechos.

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La defensa, liderada por el abogado Luis Felipe Aguirre Vásquez, insiste en que el dirigente político de la región de la sabana no es responsable de la masacre ocurrida en octubre de 2000, por lo que continúa la batalla ante la Corte Suprema de Justicia, que pretende procesarlo –además- por el delito de desplazamiento forzado también derivado de estos hechos.

El jurista de origen paisa que prefiere lidiar en privado con sus asuntos en derecho y no con las cámaras y las grabadoras de los medios de comunicación a pesar de haber representado clientes de renombre en el país, sí accedió en esta oportunidad a hablar con EL HERALDO sobre el proceso de quien fuera el gran barón electoral en Sucre.

Desde el año 2012 Aguirre Vásquez empezó a laborar como suplente en la defensa de Don Álvaro, como él lo llama, y de quien asegura conocer desde el año 2009 cuando por primera vez llegó a trabajar en tierras sucreñas, concretamente en el municipio de Coveñas.

En entrevista con este medio el abogado indicó que está a la espera de que el Inpec cumpla la orden del Juzgado 22 de Ejecución de Penas de Bogotá que le concedió la libertad condicional por considerar que García ya cumplió las tres quintas partes de la pena, que no es un peligro para la sociedad y por los quebrantos de salud que afronta.

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Aguirre agregó que tuvo que ser agotado todo el trámite de judicialización en contra de Álvaro García en el caso de la masacre de Macayepo para que el proceso por desplazamiento forzado, donde están discutiendo también la autoría mediata, pudiera coger rumbo en su defensa.

“Ya otorgada la libertad condicional lo que resta es solicitar la revocatoria de medida de aseguramiento ante la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, lo que ya se hizo y se está a la espera de respuesta”.

El abogado informó que en este proceso contra Álvaro García buscaron una revisión y tutelar la condena de los 40 años, y el único camino que quedaba era la libertad condicional, “para que en el nuevo acervo probatorio que está apareciendo ahora dentro de la judicialización por desplazamiento forzado se pudiese lograr demostrar que Álvaro García no cumple las calidades de autor mediato, ni fue auspiciador de las AUC, ni hacía parte de esa estructura o cúpula y así lo ha reconocido Jairo Castillo Peralta desde su primera declaración en juicio”.

En su momento Castillo Peralta, conocido con el alias de Pitirry, dijo, según lo expresado por Aguirre, que “Álvaro García no hacía parte de la cúpula, sino que entró obligado a las autodefensas a hacerles favores por la condición que ostentaba, lo que le quita la calidad de autor mediato. Además toda la cúpula de las AUC ha dicho y declarado que efectivamente Álvaro García no hacía parte de la estructura de las autodefensas”.

¿Por qué un delito adicional?

Para el abogado Luis Felipe Aguirre, el hecho de que el delito de desplazamiento forzado no hubiese sido incluido en la condena por la masacre sino que fuera una compulsa fue “la única oportunidad que la Corte dejó abierta -así sea en un juicio posterior- para que la verdad judicial construida en el pasado se acerque ahora a los hechos reales. Es un salvavidas”.

Y precisamente para llegar a ese “salvavidas” el excongresista pasó más de 17 años en prisión en la cárcel La Picota en la que aún espera que le hagan efectiva la libertad condicional.

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El defensor de ‘El Gordo’ García dijo además que “la construcción de la autoría mediata que pretendió hacer la Corte en Álvaro García permitió abrir una discusión de ello tanto en el primer como en el segundo proceso. La Corte pretendió que con una sentencia ya ejecutoriada y con los elementos de prueba había suficiente para una segunda autoría mediata de desplazamiento, pero nos encontramos en la discusión de juicio que no se cumplen los requisitos de autoría mediata. Que la primera condena bajo esa calificación, desafortunadamente se dio, pero la realidad probatoria hoy con relación a esos hechos sucedidos en el 2000 es diferente”.

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Y argumenta que la condena por la masacre se da por los testimonios incriminatorios de Pitirry, extraprocesalmente, pero la defensa logra demostrar que “la reunión de Carbón de Palo no existió, y es lo que sustenta el delito de concierto para delinquir; que en la reunión de Las Canarias, donde se hace referencia a la construcción, él no estuvo, era una mentira de Pitirry; y la Corte daba por sentado que Álvaro García hacía parte de la estructura, pero cuando Pitirry habla en aras de la verdad dice que García entró obligado y allí la construcción de autoría mediata se desdibuja”.

La grabación

Otra de las pruebas a favor de García es lo de la grabación en la que se habla de los ‘verdes’ y sobre ello, en especial, el medio de aducción. En el juicio de la masacre hablaron de un solo radio escáner y en este nuevo proceso, en el de desplazamiento forzado, la defensa se percata de que el informe de inteligencia habla de un radio, el que sí hizo la grabación habla de otro radio y el comandante de la Sipol habla de otro radio, es decir, hablaron de tres radios construyendo una conversación, y adicional a ello un nuevo declarante se refirió a una interceptación ilegal, de allí que en el Congreso, en una sesión, el entonces senador dijo que esto se trató de “una macabra coincidencia”.

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