El Juzgado Tercero Penal Municipal de Sincelejo con funciones de conocimiento le amparó el derecho fundamental de petición que vía tutela invocaron los miembros del grupo ‘SOS Sincelejo Inseguro’ y en consecuencia la juez Claudia Miranda Negrete le ordenó al Concejo Municipal que en 3 días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia se pronuncie.
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Ese pronunciamiento al que se refiere la administradora judicial tiene que ver con que el Concejo debe señalar la fecha, hora y lugar en el que convocará la sesión ordinaria que debe contar con la presencia del Alcalde de Sincelejo y el Secretario de Gobierno para allí responderle a los miembros del grupo ‘SOS Sincelejo Inseguro’ que promovió el cabildo abierto.
Ese cabildo se efectuó el pasado 17 de marzo y con base en ello, como lo establece la ley, debe haber unos compromisos de mejora de la seguridad en la capital sucreña que a la fecha no se han dado y por eso sus promotores acudieron a la acción de tutela.
En la sesión que debe programar el Concejo el comité promotor del cabildo abierto SOS Sincelejo Inseguro 'planteará específicamente una a una las preguntas e inquietudes que consideran respondidas de forma incompleta con el objeto de satisfacer en cuanto al fondo la totalidad de las preguntas planteadas en relación a los temas tratados durante las sesiones de cabildo abierto de fecha 17 de marzo de 2023 y 24 de marzo de 2023'.





















