Como una “victoria jurídica” describió la campaña del candidato presidencial Abelardo De la Espriella la decisión del Juzgado 129 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá de aceptar el impedimento de la jueza en una acción de tutela en contra del abogado y líder del movimiento Defensores de la Patria.
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El comunicado del grupo de trabajo De la Espriella señala que “la jueza titular del despacho se declaró impedida para continuar conociendo de la acción de tutela promovida contra el candidato presidencial Abelardo De La Espriella, reconociendo la existencia de circunstancias que comprometían las condiciones de neutralidad e imparcialidad necesarias para resolver el asunto”.
También se detalla en el escrito: “La decisión, contenida en el Auto de Sustanciación No. 2026-0170 del 20 de mayo de 2026, dentro del expediente 11001-40-09129-2026-00170-00, reconoce que los vínculos políticos e ideológicos de la funcionaria con sectores directamente enfrentados a la candidatura de De La Espriella configuraron, dentro del trámite del proceso, una causal objetiva de impedimento prevista en el numeral 5 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004″.
Sobre esta decisión, la campaña del candidato De la Espriella aprovechó para recordar que exhortar, en palabras del abogado Germán Calderón España, al magistrado Álvaro Hernán Prada, del Consejo Nacional Electoral, para que “haga exactamente lo mismo: declararse impedido en la actuación que adelanta contra la firma encuestadora AtlasIntel”.
“Exhorto al magistrado Álvaro Hernán Prada a que haga lo mismo que hizo esa jueza, que se declare impedido, garantizando esa imparcialidad, esa objetividad y esa transparencia en la justicia”, señaló Calderón España, advirtiendo que las causales que sustentan esa recusación son de igual o mayor entidad que las que llevaron al Juzgado 129 a apartarse del presente caso.




















