El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Riohacha falló una tutela a favor de Shirly Alarcón Solano, la niña guajira que sufre de Osteogénesis Imperfecta, enfermedad conocida como síndrome de los huesos de cristal y ordenó a la EPS Dirección Sanidad Policía Nacional autorizar el tratamiento integral que necesita.
Con el fallo se amparan los derechos fundamentales a la salud, a la seguridad social, a la integridad física, continuidad e integralidad del servicio a la salud.
Por lo tanto deberá iniciar sus controles médicos, disponiendo la reunión de una junta médica de la EPS para definir la condición de salud de Shirly determinándose procedimientos y tratamientos necesarios, en especial la práctica de la cirugía consistente en colocación de clavos intramedular, la cual se había aplazado.
La tutela fue presentada por la abogada Gloria Inés Guzmán De la Hoz, especialista en salud, quien asumió el caso después de leer en EL HERALDO el especial sobre Shirly Alarcón, en el que se relatan las dificultades que ha tenido que pasar durante sus 17 años de edad para llevar una buena calidad de vida.
Allí se explicó que el estado de la enfermedad de Shirley es alentador, porque desde el 2015 no tiene fracturas. Su hermana Leidy Alarcón, quien la tiene a su cargo, afirmó que en ese año le tuvieron que enyesar una pierna para evitar que se siguiera deteriorando el hueso.
Shirly afirmó que tiene muchos dolores en la espalda y las piernas, pero no toma ningún analgésico, porque dice que 'ya aprendí a soportarlo y me acostumbré a vivir así'.
Esto demuestra su fortaleza, la que deberá tener para seguir luchando por la atención que requiere.
En la decisión del juez también se le ordena a la EPS que en el término no superior a 30 días calendario, realice los trámites y gestiones tendientes a la asignación de la cita médica por la especialidad ortopedia pediátrica, en Bogotá. También deberá agendar citas médicas con la fisiatra, con el objeto de determinar valoración de la silla de ruedas de Shirley y su posible cambio o modificación.
Su hermana explica que 'la silla hay que cambiarla muy pronto, son cinco años máximo que puede usarla y además requiere terapias acuáticas que no le han sido autorizadas'.
En la tutela se le ordena a la EPS igualmente cubrir los costos de viáticos por conceptos de traslados interdepartamentales, aéreos o terrestres, estadía y alimentación, para ella y su acompañante.
Igualmente se le exoneró a Shirley la cancelación de copagos y cuotas moderadoras por la atención en salud que le sea prestada.




















