El Juez Noveno Penal con funciones control de garantías, Maxlínder Pichón Montaño, ordenó en la tarde de este viernes 12 de julio una medida de detención en centro de reclusión para Erick José Beltrán Benavides, de 44 años, una de las tres personas que fueron capturadas con un artefacto explosivo cuando ingresaban a la ciudad de Barranquilla, en un automóvil, el pasado 2 de julio.
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En la misma diligencia de solicitud de medida de aseguramiento, realizada de manera virtual, el togado ordenó la detención domiciliaria para Andy David Barleta Lugo, de 22 años, y Viviana Patricia Gómez Rolong, de 37, las otras dos persona que viajaban con Beltrán Benavides en el Renault gris, de placas LYL-231, que fue detenido por la Policía Metropolitana de Barranquilla luego de bajar el puente Pumarejo.
Cabe recordar que hacia las 10:30 de la noche de ese martes 2 de julio, el grupo Gaula de la Policía fue notificado por medio de su línea 165 para la antiextorsión y antisecuestro sobre unas personas, presuntos integrantes de las “disidencias de las Farc”, que se movilizaban en un carro desde Ciénaga, Magdalena, y pretendían llegar a Barranquilla.
En la misma comunicación anónima se dijo que el artefacto explosivo, que resultó ser de tipo C4, supuestamente, sería utilizado para atentar puntualmente contra la “Estación policial del barrio Ciudadela 20 de Julio”.
Con la información se adelantó un rápido operativo en la salida del Puente Pumarejo con uniformados de vigilancia de la Policía y del Grupo Gaula, ubicando de esa manera el automotor sospechoso y se dio captura a los ocupantes.
El pasado jueves 4 de julio trascendió la información sobre la legalización de captura e imputación de cargos contra los detenidos por fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos, delito que no fue aceptado por ninguno de los tres imputados.
Rompe el silencio
Luego de no aceptar el cargo imputado, uno de los detenidos, en este caso Vivian Patricia Gómez Rolong, decidió romper su silencio y ante un interrogatorio de su abogado contractual defendió su inocencia.
La mujer, en estado de embarazo, expuso que ella estaba en la ciudad de Cúcuta en compañía de los dos hombres y que allá adelantaba labores propias de su profesión de fisioterapeuta y como auditora en salud.
Anotó que decidió viajar por tierra desde esa zona del país, en el carro conducido por Andy Barleta Lugo, su cuñado (esposo de su hermana), y con Erick Beltrán Benavides, a quien definió como un amigo que le ayudaba con el manejo de un computador. Pero luego se supo que esta persona vivía desde hacía algunos meses en su casa, al parecer, como inquilino.
Sobre los explosivos, la mujer dijo que agentes de la Policía lo habrían lanzado al carro como si se tratara de un llamado ‘falso positivo’.
Frente a eso, en su momento, el juez definió que esos señalamientos debían denunciarse y que los capturados estaban en todo su derecho de hacerlo.
Análisis del juez
En la diligencia de este viernes, el togado Pichón Montaño, luego de las intervenciones de los abogados defensores de cada uno de los procesados, expuso que existieron algunos elementos que no fueron mencionados por los propios capturados para defenderse de los señalamientos de las autoridades.
Por ejemplo, en el caso de Andy Barleta, músico de profesión, según lo descrito por su abogada, “nunca se defendió cuando fue capturado. Nunca dijo que su cuñada lo había contratado para que la transportara. No hizo esa observación cuando lo capturó la Policía”. “¿Ante un silencio qué puede uno inferir”, cuestionó Pichón Montaño.
Y agregó “ni Erick (Beltrán Benavides) ni la mujer (Viviana Gómez Rolong) dijeron que el hombre estaba haciendo una carrera, que lo contrataron para que manejara el carro. Todos guardaron silencio”.
Finalmente, el juez noveno señaló que su decisión en la medida de aseguramiento contra las tres personas “se justifica, me afinco en la protección de la comunidad”.





















