El Heraldo
Varios taxistas el pasado lunes protestaron. Jhonny Olivares
Colombia

¿Es viable la extinción de dominio a carros que bloqueen vías?

El fiscal Barbosa abrió el debate con sus declaraciones. Abogados penalistas dicen que esa figura no es viable.

Las recientes declaraciones del  fiscal general, Francisco Barbosa, con relación a la posibilidad de aplicar extinción de dominio a aquellos vehículos que están obstaculizando vías públicas, durante el paro nacional, han desatado todo tipo de reacciones no solo en la ciudadanía, sino también de los abogados penalistas del país.

“En este momento la Fiscalía General de la Nación va a proceder a que los vehículos que estén obstruyendo vías públicas y puedan afectar derechos de la ciudadanía, la Fiscalía va a ejercer la acción de extinción de dominio. Esta Fiscalía se va a quedar con los camiones en el marco de la extinción. Ya hay un grupo especializado de fiscales que está en las diferentes zonas determinando las placas, los propietarios”, señaló Barbosa, en entrevista con Semana.

Varios transportadores se sumaron a las marchas.

Estas declaraciones fueron respaldadas por el abogado Guillermo Rodríguez, quien indicó que la extinción de dominio sí es viable, debido a que el régimen penal colombiano existe un tipo penal que se aplica a estos casos.

“El derecho a la protesta no da pie para que particulares puedan obstruir vías públicas, cobrar peajes y poner en jaque la locomoción vial y de los demás ciudadanos. Las movilizaciones están permitidas, pero donde se logre determinar que hay un interés económico en el bloqueo de vías estaría en curso de un tipo penal que es la obstrucción de vías públicas y los vehículos que estén sacando provecho de esas obstrucciones podrían quedar bajo la extinción de dominio”, indicó Rodríguez.

El jurista destacó que hay quienes han querido salir a “ridiculizar al fiscal”, pero este “solo está cumpliendo su deber. “Es misión del fiscal hacer cumplir lo normal, él está saliendo del problema de manera inmediata”.

Reacciones

Frente a las declaraciones, el abogado Camilo Burbano, profesor de derecho penal y ex director nacional del Sistema Acusatorio, indicó que la Fiscalía “no realiza” la extinción de dominio ya que este recurso solo lo puede realizar un juez.

“La decisión final no depende ni del fiscal general ni de sus fiscales delegados. Otro punto que hay que tener en cuenta es que  si los vehículos son parte de la manifestación pacífica nunca podrá proceder la extinción de dominio porque ellos están haciendo uso de un derecho legítimo”, dijo Burbano.

El abogado hizo la salvedad de que si, por algún motivo, esos vehículos son utilizados en actos criminales podría, eventualmente, proceder la extinción de dominio.

“No es acorde”. Para el penalista Iván Cancino, la Fiscalía tiene una política criminal clara definida por el fiscal general; sin embargo, considera que la extinción de dominio no está acorde a lo que exige esa norma”.

La Fiscalía no tiene la potestad de extinguir el dominio, este recurso debe tener un delito fuente que, en este caso, puede ser el delito del bloqueo de  vías con algún fin, pero es que la protesta no es ilegal así que tampoco tendría un sustento la medida”, declaró Cancino.

El abogado, no obstante, indicó que sí se pone en riesgo la vida de una persona y  se pueda señalar a algún propietario o conductor de un vehículo de causar esa muerte, desabastecimiento o peligro para la salud pública, podría haber una excepción”, dijo.

Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, indicó que la medida procede cuando las cosas se adquieren con el producto de un ilícito o también cuando las cosas se utilizan para la comisión de delitos.

“En este caso en concreto nadie está de acuerdo con que las ciudades estén desabastecidas con todo lo que está ocurriendo, pero de ahí a afirmar que eso constituye un delito y que los bienes sean de confiscación no es procedente”, dijo el abogado.

Bernate indicó que, en todo caso, los bienes no pasan a la Fiscalía, sino a un fondo del Ministerio de Hacienda  y ello se da cuando se ha cometido un delito. “Yo no veo que en este caso el bloqueo de vías que, efectivamente está ocurriendo y que es condenable, sea un hecho delictivo”.

El también abogado penalista José Moreno consideró que las declaraciones del fiscal son “inoportunas” toda vez que ayudan a incendiar el debate. “No está por ninguna lógica posible que se le pueda aplicar la extinción de dominio a vehículos que estén en las manifestaciones”.

Moreno señaló que el anuncio “rompe la institucionalidad” al desconocer las normas establecidas que deben aplicar para efectuar la medida.

“Lo que debe hacer la fiscalía no es arremeter contra estas personas, sino buscar a las personas desaparecidas y a quienes cometen homicidios. Este actuar simplemente desconoce la prevalencia del derecho a la protesta”, indicó Moreno.

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