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A pocas semanas de las elecciones al Congreso en Colombia, la Registraduría Nacional del Estado Civil recordó que cerca de 850.000 ciudadanos podrían ser convocados para cumplir funciones como jurados de votación.

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Indicaron que este es un servicio que es obligatorio y cuya inasistencia puede acarrear sanciones severas.

Ser jurado no es un acto voluntario, pues la designación se realiza mediante sorteo y, una vez seleccionado, el ciudadano debe asistir tanto a la capacitación previa como a la jornada electoral.

CortesíaSer jurado no es un acto voluntario, pues la designación se realiza mediante sorteo y, una vez seleccionado, el ciudadano debe asistir tanto a la capacitación previa como a la jornada electoral.

Pueden ser designadas personas mayores de 18 años y menores de 60, con al menos décimo grado aprobado. La selección no depende de inscripción previa ni postulación voluntaria.

Para esto la Registraduría solicita información a entidades públicas y privadas, instituciones educativas, empresas y partidos políticos con personería jurídica. Con esa base consolidada, se realiza un sorteo electrónico aleatorio que define los nombres finales.

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Asimismo, es importante señalar que la entidad ha reiterado que la publicación oficial en su página web y en lugares visibles constituye notificación válida. Es decir, no haber recibido mensaje o llamada no lo exonera de la obligación.

Por eso, la recomendación es consultar oportunamente los canales oficiales para verificar si fue designado.

Las consecuencias por no asistir a las capacitaciones sin una causa justificada pueden ser significativas: servidores públicos: riesgo de destitución del cargo; ciudadanos particulares: multas que pueden alcanzar hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

ArchivoLas consecuencias por no asistir sin una causa justificada pueden ser significativas: servidores públicos: riesgo de destitución del cargo; ciudadanos particulares: multas que pueden alcanzar hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

Los jurados deben presentarse a las 7:00 a. m. en el puesto asignado y permanecer allí hasta concluir el escrutinio de la mesa. Solo podrán retirarse después de entregar los sobres y formularios electorales correspondientes al delegado del puesto y recibir la documentación final.

La función del jurado es clave para garantizar transparencia y legalidad en cada jornada electoral, por lo que las autoridades insisten en la importancia de cumplir con esta responsabilidad ciudadana.