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La Corte Suprema de Justicia emitió este jueves 4 de diciembre una sentencia mediante la cual condenó a siete años y un día de prisión al exdirector de la Policía Nacional, general en retiro Rodolfo Palomino, por tráfico de influencias durante su tiempo como máximo jefe de la institución.

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Los hechos por los que se le condenan, de acuerdo con el alto tribunal, ocurrieron en febrero de 2014 en Bogotá, cuando el entonces director de la Policía intervino ante una fiscal para intentar frenar la captura de un investigado.

Según la Corte Suprema, Palomino se reunió el 8 de febrero de 2014 en la residencia de la fiscal Sonia Lucero Velásquez Patiño, delegada ante los jueces Penales del Circuito Especializado, para hablar sobre un operativo contra 14 personas vinculadas al Fondo Ganadero de Córdoba.

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Durante el encuentro, el general retirado planteó la posibilidad de aplazar la captura de un empresario señalado por lavado de activos, concierto para delinquir y desplazamiento forzado. Acorde con el expediente, destacó la influencia social del procesado y sugirió dejar la orden “pendiente”.

Teniendo esta actuación en cuenta, la Sala Especial de Primera Instancia concluyó que el exdirector de la Policía actuó por fuera de sus funciones y buscó beneficiar a un particular que enfrentaba delitos graves. Para el tribunal, esa intervención constituyó una vulneración directa al deber de respaldar las decisiones judiciales.

Hallazgos del fallo contra el general (r) Palomino

El fallo indicó que la visita de Palomino generó presión e intimidación sobre la fiscal, aunque la captura finalmente se ejecutó. Tras escuchar en indagatoria al procesado, la funcionaria decidió dejarlo en libertad sin verificar la prueba de descargo, lo que —según la Corte— afectó la función judicial y proyectó un trato diferenciado basado en la posición social del detenido.

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La Sala señaló que el comportamiento del oficial “optó por abogar en favor de un particular sin importarle que con su comportamiento podría generar impunidad”, y reiteró que la conducta atentó contra la confianza institucional en la Policía Nacional.

Aunque Palomino colaboró después en el operativo que permitió concretar la captura, el alto tribunal advirtió que esa actuación no borró la influencia indebida inicial ni mitigó el impacto sobre la administración pública.

La condena y las sanciones al general (r) Palomino

La Corte Suprema fijó la pena en siete años y un día de prisión, acompañada de una multa equivalente a 174,9976 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de ocho años y un día para ejercer derechos y funciones públicas.

La Sala negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria porque el delito de tráfico de influencias está incluido entre las conductas para las que no procede la sustitución de la pena, conforme al artículo 68A del Código Penal. El tribunal enfatizó que el comportamiento afectó bienes jurídicos esenciales vinculados al buen funcionamiento del Estado.

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La decisión fue notificada con la advertencia de que procede recurso de apelación ante la Sala de Casación Penal. Una vez quede en firme, las autoridades deberán iniciar el trámite para su ejecución en un establecimiento penitenciario.