Compartir:

La Procuraduría General de la Nación sancionó al exalcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, por su participación indebida en política mientras ejercía su cargo (2020-2023).

Leer más: Fiscal Camargo ratifica que recusación contra Lucy Laborde, del caso de Nicolás Petro, no prosperó

Las medidas en su contra incluyen destitución e inhabilidad por el término de 12 años “por utilizar su cargo para participar en actividades partidistas e intervenir en controversias políticas con fines electorales durante 2022”.

La Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4 señaló, en fallo de primera instancia, que el entonces alcalde “intervino en controversias políticas al manifestar su respaldo, en un audio difundido por la aplicación WhatsApp, en favor de dos candidatas que hacían campaña para ocupar una curul en el Congreso de la República en el período 2022–2026, conducta prohibida para los servidores públicos".

El órgano de control indicó que el contenido del audio, aunque correspondía a una conversación aparentemente privada, adquiere un carácter político, debido a que el entonces alcalde de Cartagena “expresó afinidad y respaldo hacia candidatas identificadas con una coalición específica”, en un momento inmediatamente anterior a las elecciones legislativas de 2022.

Ver también: Atraco masivo en cancha de Villa Campestre deja un herido y varios afectados

“Para la Procuraduría, la calidad del sujeto disciplinable y el contexto electoral en que se profirieron las expresiones transformaron el mensaje en un acto de significación pública, al proyectar ante la ciudadanía una posición política institucionalmente relevante. No se trata, por tanto, de una mera manifestación de opinión privada, sino de un acto comunicativo de autoridad con potencial de incidencia política”, enfatizó el Ministerio Público.

De igual manera, la PGN señaló que el entonces mandatario local “vulneró los principios de neutralidad, imparcialidad y moralidad administrativa”, principales bases de la función pública, y calificó su conducta como una falta gravísima cometida a título de dolo.

Le sugerimos: Una contadora y un ingeniero de reconocida empresa suiza, las víctimas en trágico accidente en Bogotá

El fallo de primera instancia puede ser apelado por el ahora sancionado ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría.