La Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, sancionó con suspensión e inhabilidad especial por seis meses al exalcalde de Cartagena, William Jorge Dau Chamat, por no acatar una disposición legal del Concejo de la ciudad.
Lea además: Solicitan cambio de radicación a la denuncia sobre irregularidades en Corpomojana
Teniendo en cuenta que Dau Chamat ya no está en el cargo, pues su administración fue en el periodo 2020 – 2023, fue sancionado con una multa de 78 millones de pesos.
“En hechos de esta misma vigencia durante la plenaria del 6 de diciembre de la corporación de Cartagena, se resolvió no aprobar el permiso que el disciplinado solicitó para salir del país en comisión hacia la ciudad se Sharm El Sheikh en Egipto, con el objeto de asistir e intervenir en el evento internacional Anti-Corrupción (IACA), en el marco de la novena sesión de la conferencia de estados durante la convención de las naciones unidas contra la corrupción que organizó la ONUDD para los días del 11 al 18 del mismo mes.”, indica el ente de control.
Le puede interesar: Inicia la Feria Nacional de la Ganadería con más de 150 actividades
En su momento, Dau Chamat pidió a la dirección administrativa de talento humano del Distrito, 10 días de vacaciones; los cuales fueron concedidos y así mismo, encargo las funciones de alcalde mayor de la capital de Bolívar al secretario de Interior para la época de los hechos, David Alfonso Munera Cavadia.
Sobre esta actividad, la Procuraduría indicó que William Dau “se amparó en el disfrute de sus días de recreo para no cumplir con lo dispuesto por los funcionarios públicos de la ciudad y participar el 15 de diciembre de la misma vigencia en la conferencia haciendo alusión a su investidura como primer mandatario”.
Recordemos que durante el vieja, William Dau publicó videos en redes sociales de tipo burlesco dirigido a los miembros del Concejo.
“Holis. Me vestí y me vine, estoy en Egipto. Viejita chismosa muérdete el codo, la viejita chismosa que parece estar enamorado de mí”, dijo en su momento.
La Procuraduría delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta del sancionado como grave, a título de dolo.