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La Secretaría de Salud del Atlántico informó que en lo corrido de este 2024 han sido sancionadas, con cierre temporal o definitivo, 57 Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) por incumplimientos en las normas de habilitación establecidas por la Resolución 3100 de 2019.

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Según explicó la subsecretaria de Asesoría y Asistencia en Seguridad Social en Salud, Rosmery Wehedeking, las irregularidades fueron identificadas en 180 visitas “exhaustivas” a IPS ubicadas en los municipios de Soledad, Sabanalarga y Juan de Acosta, en el marco del proceso de inspección, vigilancia y control que realiza la administración departamental para verificar el cumplimiento de los estándares de habilitación requeridos.

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“Nuestro trabajo se enfoca en asegurar que la prestación de servicios de salud en el departamento sea de la más alta calidad y que las IPS operen dentro del marco legal establecido. Hasta la fecha, hemos intervenido a 57 prestadores de servicios de salud, tanto instituciones como profesionales independientes, por proveer atención en salud de manera irregular o sin estar debidamente inscritos en el registro especial de prestadores”, indicó Wehedeking.

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Sostuvo que entre las principales infracciones se encuentran la prestación de servicios sin estar habilitados, la falta de inscripción en el registro oficial y la oferta de servicios que no corresponden a la infraestructura disponible.

Cortesía.

Ante estos casos, las medidas sancionatorias administrativas impuestas por la Secretaría de Salud Departamental pueden variar “desde el cierre temporal hasta el cierre definitivo de las instalaciones, al depender de la gravedad de las faltas detectadas”.

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Wehedeking advirtió que la Secretaría continuará realizando estas inspecciones en todo el departamento para asegurar que las IPS cumplan con su deber ”de brindar atención en salud confiable y acorde con las necesidades de la comunidad y con lo reportado ante las autoridades competentes”.

Precisó la Secretaría que la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social establece un marco regulatorio para la habilitación de servicios de salud, su verificación y control. Dicho proceso de habilitación es obligatorio para cualquier entidad o profesional independiente que desee operar legalmente en el sector salud, y abarca desde hospitales y clínicas hasta consultorios privados y laboratorios.

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La resolución establece criterios técnicos, administrativos y de infraestructura que deben ser verificados antes de otorgar la habilitación. Una vez que un prestador ha sido habilitado, la Secretaría verifica periódicamente el cumplimiento de los servicios. Esto incluye inspecciones en terreno, auditorías y revisiones documentales que permitan evaluar tanto la infraestructura como la calidad de la atención brindada, agregó.

En los casos en que se identifican incumplimientos o irregularidades, la Secretaría está facultada para imponer sanciones a los prestadores de servicios de salud.