En la ponencia de segundo y último debate del Presupuesto 2024, que entra ahora a discusión en las plenarias de Senado y Cámara, se incluyeron recursos para la RAP Caribe.
{"titulo":"Bancada del Atlántico, insatisfecha con los proyectos del Presupuesto 2024","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/bancada-del-atlantico-insatisfecha-con-los-proyectos-del-presupuesto-2024-1035245"}
'En consonancia con lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley 2294 de 2023, que decretó el PND 2022-2026, se decidió incluir recursos para las Regiones Administrativas y de Planificación, RAP, dentro del sector Hacienda, sujeto a reglamentación', se lee en el documento.
Este artículo 44, que habla de la financiación de las RAP, reza: 'Con el fin de complementar la financiación de las Regiones Administrativas y de Planificación (RAP), adicional a lo contemplado en el artículo 32 de la Ley 1454 de 2011, la Nación podrá anualmente aportar recursos en calidad de transferencia no condicionada y de libre destinación, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales que se incluyan en la ley anual del presupuesto. La distribución de estos recursos dependerá de los criterios que establezca el Gobierno Nacional. El monto anterior aumentará anualmente en un porcentaje igual al índice de Precios al Consumidor (IPC), del año inmediatamente anterior. Los proyectos de inversión de las Regiones Administrativas y de Planificación (RAP), que se financian con los recursos consagrados en el presente artículo, deberán tener acompañamiento técnico del Departamento Nacional de Planeación (DNP)'.
{"titulo":"Comisiones Económicas aprobaron monto de Presupuesto 2024 por $502,6 billones","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/comisiones-economicas-conjuntas-de-senado-y-camara-aprueban-monto-de-presupuesto-2024-por"}
En este sentido, el presidente del Senado, Iván Name, de la Alianza Verde, hizo una proposición de un artículo nuevo: 'Las regiones Administrativas y de Planificación (RAP) de acuerdo a lo contemplado en el artículo 5 de la Ley 1962/19 accederán a los incentivos que defina el Gobierno Nacional o a recursos de inversión provenientes del Presupuesto General de la Nación, para lo cual la Nación aportará anualmente en calidad de transferencia no condicionada y de libre destinación a una suma no inferior a $50.000.000.000 a partir de la vigencia del Presupuesto de 2024, para la confirmación de una bolsa, cuya distribución dependerá de los criterios que establezca el Gobierno Nacional, según el número de Regiones Administrativas y de Planificación legalmente constituidas. El monto anterior aumentará mínimo anualmente en un porcentaje igual al índice de precios al consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior'.



















