Una nueva decisión giró en torno al, hasta ahora, fallido traslado del polémico contratista Emilio Tapia Aldana desde la Penitenciaría de El Bosque de Barranquilla al Batallón Militar Vergara y Velasco con sede en el municipio del área metropolitana.
{"titulo":"Acusan a Omar Ladino por concierto para delinquir y desplazamiento forzado","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/acusan-omar-ladino-por-concierto-para-delinquir-y-desplazamiento-forzado-1026831"}
Se trata de unas sanciones dispuestas por el juez Primero Promiscuo de Malambo, Franklin de Jesús Bedoya Mora, en contra del teniente coronel Mauricio Calvo Restrepo, jefe de la guarnición militar de Malambo, y del brigadier general Jaime Eduardo Torres Ramírez, director del Comando de Personal, unidad considerada como la columna vertebral del Ejército Nacional.
Bedoya Mora fue el mismo togado que el pasado 9 de junio ordenó por primera vez el traslado de Tapia Aldana a la carceleta del batallón del Ejército, el mismo lugar donde está recluida Aida Merlano Rebolledo, en cumplimiento a una acción de tutela en la que aparecieron como accionantes sus familiares y como accionado el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
Ahora, frente a los obstáculos que han surgido dentro de esta diligencia, el juez de Malambo sancionó por desacato al teniente coronel Calvo Restrepo, 'con arresto de tres (03) días, los cuales cumplirán en las instalaciones de la Estación de Policía del Municipio de Malambo, y Multa de cinco (5) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, los cuales se harán efectiva, dentro de los tres (3) siguientes a la ejecutoria de esta decisión…'.
{"titulo":"Policía captura a hombre que había hurtado una motocicleta ","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/policia-captura-hombre-luego-de-haber-hurtado-una-motocicleta-en-el-barrio-pasadena"}
Y al general Torres Ramírez 'Sanción por desacato con multa de cinco (05) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, los cuales se harán efectiva, dentro de los tres (3) siguientes a la ejecutoria de esta decisión, en la cuenta No.. 50-00118-9 Denominado DTN- Multas y Cauciones Efectivas- No. 3 -0070-000030-4 del Banco Popular.-. Para el cumplimiento de esta orden ofíciese al Consejo Seccional de la Judicatura- División de Cobro coactivo de acuerdo a las motivaciones anteriores…'.
Luego, el juez ordena como cuarta medida 'compulsar copias de toda la actuación con destino a la Procuraduría Provincial de Barranquilla y a la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue disciplinaria y penalmente la conducta del servidor Público, de acuerdo a las motivaciones anteriores'.
Cabe recordar que la Procuraduría General de la Nación ya tomó parte en este caso días atrás al declarar insubsistente al Procurador Provincial de Instrucción de Barranquilla, Jorge Antonio Vásquez, quien había actuado con referencia a una diligencia que presionaba el cambio de reclusorio de Tapia.
{"titulo":"Dos capturados y dos heridos en medio de una riña en Sabanalarga","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/dos-capturados-y-dos-heridos-con-pico-de-botellas-en-medio-de-una-rina-en-sabanalarga"}
Es decir, Vásquez desautorizó dos oficios que había firmado un funcionario de menor rango en el órgano de control, llamado Óscar Obeso Hernández, para enviárselos al comandante del Ejército Nacional y al jefe del Batallón de Malambo.
Obeso Hernández, profesional universitario grado 17, suscribió los oficios 3571 y 3572 del 10 de julio de 2023, que iban dirigidos al comandante del Batallón Vergara y Velasco, el teniente coronel Mauricio Calvo, y al brigadier general Jaime Eduardo Torres Ramírez, comandante del Ejército Nacional, pidiéndole a los altos oficiales cumplir 'de manera inmediata las órdenes judiciales reiteradas por las células judicial e informamos de su cumplimiento, en su defecto, evaluaremos la suspensión provisional de los cargos de quienes corresponda por posibles faltas disciplinarias…'.
Ante eso, el Procurador Provincial Vásquez dejó sin efectos los oficios antes mencionados, al parecer, luego de establecer que el funcionario no tenía la competencia para elevar dicha solicitud y, luego de eso, terminó por fuera de su cargo.





















