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El 2026 comenzó con obligaciones fiscales que no dan espera. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ya definió los primeros vencimientos tributarios del año, y enero concentra fechas clave que las personas naturales deben tener en el radar para evitar sanciones, intereses o multas.

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El calendario tributario está sustentado en el Decreto 2229 de 2023, norma que fija los plazos para declarar y pagar los impuestos nacionales administrados por la DIAN. En el caso de las personas naturales, las fechas se determinan según los dos últimos dígitos del NIT, que coincide con el número de cédula.

Durante el primer mes del año se presentan dos tipos de plazos: Fechas escalonadas entre el 13 y el 26 de enero, dependiendo del NIT. Un vencimiento único el 16 de enero, aplicable a ciertos impuestos sin importar el número de identificación.

Durante el primer mes del año se presentan dos tipos de plazos: Fechas escalonadas entre el 13 y el 26 de enero, dependiendo del NIT. Un vencimiento único el 16 de enero, aplicable a ciertos impuestos sin importar el número de identificación.

Ambos periodos incluyen tributos que afectan tanto a pequeños contribuyentes como a personas naturales con actividades económicas específicas. Tributos que vencen entre el 13 y el 26 de enero, En estas fechas, los contribuyentes obligados deberán cumplir con la declaración y/o pago de: IVA bimestral, para responsables con esta periodicidad, IVA cuatrimestral, correspondiente al último periodo del año anterior e impuesto Nacional al Consumo (INC).

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La fecha exacta depende del último dígito del NIT, por lo que es clave revisar el calendario oficial de la DIAN.

Impuestos con vencimiento único el 16 de enero de 2026

Algunos tributos tienen un plazo fijo que no depende del NIT. Entre ellos están:

  • Presencia Económica Significativa (PES), especialmente relevante para negocios digitales.
  • Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.
  • Impuesto al carbono.
  • Gravamen a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados.

Estos impuestos aplican a sectores específicos, por lo que se recomienda verificar si la actividad económica del contribuyente está sujeta a estas obligaciones.

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Aunque enero marca el inicio del calendario tributario, la obligación más relevante llegará meses después: la declaración de renta del año gravable 2025, que deberá presentarse en 2026.

Si bien la DIAN aún no ha publicado las fechas exactas, en años anteriores los vencimientos han estado programados entre agosto y octubre, también de forma escalonada según el NIT.