El Gobierno nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), embargará todas las billeteras virtuales de aquellos contribuyentes que figuran en la base de datos de deudores morosos de la entidad.
Leer más: Autor del crimen de niña hallada dentro de un saco en Mingueo sería un menor de entre 14 y 15 años
Esta medida se enmarca en la nueva fase de control fiscal que adelanta la DIAN. En estos procesos, la autoridad tributaria puede decretar embargos sobre bienes como cuentas bancarias, dinero depositado en billeteras virtuales administradas por entidades vigiladas, y bienes tradicionales, siempre y cuando estén en el marco legal del cobro coactivo.
Según la ley, el Estatuto Tributario autoriza a la DIAN a adoptar medidas cautelares cuando una deuda tributaria está en firme y el contribuyente no atiende los llamados, notificaciones o requerimientos.
Cabe recordar que el dinero de las billeteras virtuales funciona como depósitos electrónicos, y son supervisados por entidades como la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Ver también: “Siempre me he considerado uno de los mejores”: Marlon Torres
En ese sentido, los saldos pueden ser embargados bajo las mismas reglas que aplican a los otros productos financieros que contengan recursos a nombre de un contribuyente.
la DIAN actualiza periódicamente las listas de los morosos tributarios, y suele darle prioridad a los casos con deudas ejecutoriadas, o con contribuyentes que no atendieron mandamientos de pago previos.
¿Cómo se realiza el proceso de embargo a billeteras virtuales?
El procedimiento inicia con la expedición de un mandamiento de pago, documento que detalla el valor de la deuda y da un plazo adicional para pagar o presentar defensa. De no haber respuesta, la entidad puede activar medidas cautelares. Entre ellas: la retención de fondos disponibles, bloqueo de dinero, inscripción de embargos y embargo de cuentas bancarias.
Le sugerimos: Por segunda vez atacan a bala a hombre señalado del homicidio de una docente en Sabanalarga
¿Quiénes aparecen en la base de datos?
En el listado de deudores de la DIAN figuran personas naturales y jurídicas con obligaciones vencidas y en firme, como por ejemplo:
- Contribuyentes con impuestos, intereses o sanciones no pagados.
- Usuarios que incumplieron acuerdos de pago previamente pactados.
- Personas que ignoraron requerimientos o mandamientos de pago.




















