La primera etapa de la reducción de la jornada laboral en el país entró el vigencia, lo que implica que los trabajadores deberán laborar 47 horas a la semana sin que les disminuya el salario, ni se afecten los derechos y garantías que han adquirido.
{"titulo":"La reducción de la jornada laboral comenzará este 15 de julio","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/la-reduccion-de-la-jornada-laboral-comenzara-este-15-de-julio-1015215"}
De acuerdo con la Ley 2101 de 2021 que modifica la duración de la jornada laboral, este proceso será gradual, en un periodo de cuatro años, hasta llegara 42 horas semanales.
De tal manera que el 15 de julio de 2024 bajará a 46 horas semanales, el 15 de julio de 2025 bajará a 44 horas semanales y a partir del 15 de julio de 2026 se regulará definitivamente la jornada laboral en 42 horas semanales.
{"titulo":"Benedetti y Sarabia rendirán declaración ante el CNE por campaña de Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/benedetti-y-sarabia-declararan-este-martes-ante-el-cne-por-financiacion-de-campana-de-petro"}
Un análisis del Politécnico Gran Colombiano señala que no se afecta el salario, el cálculo de las prestaciones sociales, ni los aportes a la seguridad social de los trabajadores; ya que no habrá una reducción en la disminución de la carga prestacional, ni del valor ordinario de la hora de trabajo y de cierta manera los empleadores seguirán asumiendo sus obligaciones correspondientes en favor de los trabajadores.
El horario se puede redistribuir de común acuerdo entre el trabajador y el empleador, entre 5 a 6 días, pero siempre se debe garantizar que exista un día de descanso. Además, el empleador no podrá programar dos turnos en el mismo día, excepto por aquellos trabajadores de dirección, confianza y manejo.
{"titulo":"Corte firmó la negativa a recusación de Nicolás Petro contra fiscal Barbosa","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/corte-firmo-la-negativa-la-recusacion-contra-el-fiscal-que-presento-nicolas-petro-1015993"}
Las empresas que decidan acogerse a esta nueva ley desde ya pueden implementar el cambio a las 42 horas. Pero las empresas que tienen altos costos en su carga prestacional, el Gobierno ha establecido que pueden hacer la disminución de manera gradual hasta el 2026.
Esta ley también indica que se aplican excepciones para trabajos especiales y empleo de adolescentes. Todos aquellos jóvenes autorizados a trabajar entre los 15 a 17 años solo podrán tener una jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana hasta las 6:00 de la tarde. Mientras que los mayores de 17 años solo podrán trabajar en una jornada máxima de 8 horas diarias y 40 horas a la semana hasta las 8:00 de la noche.
{"titulo":"Fiscalía votará en contra de política nacional de drogas del Gobierno Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/fiscal-francisco-barbosa-dijo-que-fiscalia-votara-en-contra-de-politica-de-drogas-de"}
Santiago Martínez, socio de la firma de derecho laboral Godoy Córdoba, explica a su vez que con la aprobación de la Ley 2101 se exoneró al empleador de cumplir con la jornada semestral del Día de la Familia (una vez se reduzca la jornada a 42 horas), así como también, se reducirán de forma proporcional y gradual las dos horas dedicadas a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación contempladas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990.
Señala que la ley no modificó la disposición sobre la organización de turnos de trabajo sucesivos, para jornadas de 6 horas al día y 36 horas a la semana, sin lugar a recargos nocturnos ni al previsto para el trabajo dominical o festivo.
{"titulo":"Disidencia desmiente a Petro: Venezuela no es garante en los diálogos","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/disidencia-de-las-farc-asegura-que-venezuela-no-es-pais-garante-1015973"}
Por su parte, la jornada flexible se mantiene de común acuerdo entre el trabajador y empleador, distribuida en máximo 6 días a la semana, con un día de descanso obligatorio, teniendo como mínimo 4 horas continuas de trabajo y máximo hasta 9 horas diarias, sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, siempre y cuando, el promedio de las horas de trabajo no exceda las 42 horas semanales, asegurando un día de descanso, que podrá ser el domingo.
Conforme al trabajo suplementario o de horas extras, la ley no modifica el límite diario y semanal que se mantiene en 2 horas diarias y 12 semanales, así como la solicitud que se debe elevar ante el Ministerio de Trabajo para que dicho ente autorice el trabajo extra.





















