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La Caja de Compensación Familiar de Córdoba, Comfacor, expulsó a 40 entidades públicas de la región por omitir el pago de los aportes del 4%.

Las directivas de la entidad informaron que se encuentran en proceso de recuperación de cartera, por lo que se hallaron empresas públicas que no estaban realizando los respectivos aportes de sus empleados.

'Con la expulsión, los empleados de esas entidades no podrán recibir ningún beneficio de la Caja, entre ellos, la cuota monetaria, los subsidios de vivienda, educación en los programas que se desarrollan en el Colegio y en el Instituto IFC, subsidios de vivienda, Programas de Discapacitados y Club de la Sabiduría, Crédito Social, entre otros', indica el informe presentado desde la entidad.

{"titulo":"‘Fábricas de Productividad’: el programa que beneficia a empresas guajiras ","enlace":"https://www.elheraldo.co/la-guajira/fabricas-de-productividad-el-programa-que-beneficia-empresas-guajiras-891950"}

Entre los expulsados de la caja aparecen los municipios de Moñitos y San Carlos; también figuran los Concejos Municipales de San Pelayo, Ciénaga de Oro, Montelíbano, Momil, Puerto Libertador, Puerto Escondido, San Antero, Chimá, Valencia, Purísima, Canalete, Los Córdobas, Cotorra y Tuchín.

Así mismo las Personerías de los municipios de Cereté, Buenavista, Momil, San Pelayo, La Apartada, Chimá, Moñitos, Cotorra, y Canalete.

En el listado revelado están además entidades del orden nacional como Findeter, Parques Nacionales de Colombia y la Agencia Colombiana Para la Reintegración.

{"titulo":"Capturan a 3 presuntos promotores del paro armado del ELN en Cesar","enlace":"https://www.elheraldo.co/cesar/eln-en-cesar-capturan-tres-presuntos-promotores-del-paro-armado-891934"}

'La omisión en la obligación en el pago de los aportes del 4% por parte de los empleadores y aportantes obligados, limita la correcta operación de las Cajas de Compensación dentro del sistema de protección social y, por ende, afecta los beneficios que deben ser asignados al trabajador afiliado y sus familias', señaló.

Se considera que en virtud de la ley 1952 del 2019, los representantes legales de las entidades públicas en estado de mora pueden incurrir en una falta gravísima y ser sancionados.