El Decreto 593 del 24 de abril de 2020, que extiende la cuarentena del 27 de abril al 11 de mayo, amplía a su vez las actividades permitidas en el territorio nacional de 35 a 41 puntos.
En la disposición, de 19 páginas y suscrita por el gabinete en pleno, se da la tercera prórroga del aislamiento preventivo obligatorio: el primero fue del 25 de marzo al 13 de abril, el segundo hasta el 27 de abril y este va hasta el 11 de mayo.
Lo primero es la publicitada reanudación de las operaciones de los sectores de construcción y manufactura.
Frente al primer sector, se lee en la norma que se avala 'la ejecución de obras de construcción de edificaciones y actividades de garantía legal sobre la misma construcción, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas'.
También se da vía libre al respecto a 'la intervención de obras civiles y de construcción, las cuales, por su estado de avance de obra o de sus características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural'.
Entretanto, permite para efecto de la reanudación de las manufacturas 'la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte, comercialización y distribución de las manufacturas de productos textiles, de cuero y prendas de vestir; de transformación de madera; de fabricación de papel, cartón y sus productos y derivados; y fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos. Todos los anteriores productos deberán comercializarse mediante plataformas de comercio electrónico o para entrega a domicilio'.
Y para que se puedan movilizar estos sectores en un transporte público que no deberá superar el 35% de ocupación, con el fin de disminuir el riesgo de contacto y contagio, el decreto posibilita 'la fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas y habilitó los parqueaderos públicos para vehículos particulares'.
También da instrucciones a los mandatarios locales y departamentales para que brinden garantías sobre la labor de los trabajadores de salud, por las múltiples dificultades que encuentran en su trabajo diario y las estigmatizaciones de qué son víctimas: 'Garantías para el personal médico y del sector salud. Los gobernadores y alcaldes, en el marco de sus competencias, velarán para que no se impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos del personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud, ni se ejerzan actos de discriminación en su contra'.
En relación con la posibilidad de llevar a cabo actividades físicas en el espacio público, en la disposición se habilita 'el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 60 años, por un período máximo de una (1) hora diaria, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales. En todo caso se deberán atender los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan'.
Otras actividades que entran a ser permitidas son 'las operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería', así como el desplazamiento de los ciudadanos a las casas de cambio y sitios de apuestas.
Como punto importante ante el incremento de la violencia intrafamiliar durante el aislamiento, se reactiva el funcionamiento de las comisarías de familia e inspecciones de policía.
También se avalan gestiones de registro de instrumentos públicos, expedición de licencias urbanísticas, avalúos de bienes y estudios de títulos para la constitución de garantías ante entes controlados por la Superfinanciera.
La norma aclara que no está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas pero si está restringido el consumo en el espacio público.
El teletrabajo seguirá siendo lo ideal para empleados públicos y privados cuya presencia no sea necesaria en los lugares de las labores.
Por lo demás, el resto de disposiciones en general siguen como venían: restricciones para salir a mayores de 70 años y menores de edad, una sola persona para hacer compras y diligencias y no hay vuelos nacionales ni internacionales así como no se permite el transporte intermunicipal, entre otras medidas ya ampliamente conocidas.




















