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Colombia

Corte negó solicitud de Ordóñez de anular aval al matrimonio igualitario

El alto tribunal defensor de la Carta Magna avaló en abril pasado el matrimonio de parejas gais, privilegiando la protección a los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana.

La Corte Constitucional negó la solicitud del exprocurador Alejandro Ordóñez de anular la sentencia que en abril de 2016 avaló en el país el matrimonio igualitario.

El conservador Alejandro Ordóñez, cuya reelección fue anulada en septiembre pasado por el Consejo de Estado ante irregularidades relacionadas con la cuestionada práctica del 'yo te elijo; tú me eliges', advirtió al conocer el aval al matrimonio de las parejas gais: "se terminó de sepultar la Constitución. Familia no es familia, matrimonio no es matrimonio y la vida no es inviolable".

La Corte avaló el año pasado, por seis votos a tres, la ponencia positiva presentada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, privilegiando la protección a los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana.

La ponencia de Rojas señaló que el matrimonio no puede considerarse exclusivamente como la unión de un hombre y una mujer y que es una figura que se debe aplicar sin distinción de género. También dictaminó que el matrimonio entre una pareja homosexual tendrá los mismos efectos jurídicos y vinculantes que uno de una pareja heterosexual.

"Hombres y mujeres forman parte de la especie humana, la igualdad implica dar trato igual a los que son iguales (...) Todo ser humano, por el hecho de serlo, le asiste el derecho fundamental a contraer matrimonio sin ninguna clase de discriminación", expuso el magistrado Rojas ante la Sala.

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