El Ministro del Interior, Armando Benedetti, presentó ante el Congreso de la República la solicitud formal para la recopilación de listados de parlamentarios ausentes durante las sesiones legislativas. Con esta medida se busca analizar las sanciones contra los senadores y representantes a la Cámara, que podrían llegar hasta la pérdida de investidura.
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“Siguiendo las instrucciones del señor presidente @petrogustavo he presentado al Congreso de la República la solicitud para aplicar las normas sobre inasistencia de los congresistas a las sesiones de esta corporación”, escribió Benedetti desde su cuenta de X.
Desde Medellín, el presidente Gustavo Petro, durante su discurso del Día del Trabajador, lamentó que sus proyectos sociales no hayan avanzado en el Legislativo y criticó la labor de varios congresistas, que según sus palabras, no realizan su trabajo en el Congreso.
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El jefe de Estado aseguró que le ha pedido a los presidentes del Senado y la Cámara que avalen la pérdida definitiva de investidura de aquellos congresistas que no asistan más de seis veces, sin justificación, a las sesiones parlamentarias, y afirmó que “las mayorías del Congreso obedecen a quienes les entreguen dinero a manos llenas y no a la orden del pueblo, que es mandato popular”.
Es por ello que el Gobierno busca establecer un control más riguroso sobre la asistencia de senadores y representantes, pues sus reiterada ausencia en debates genera la interrupción de las sesiones por falta de quórum.
En el documento – presentado a Lidio García Turbay (Senado) y Julián David López Tenorio (Cámara) – Benedetti advirtió sobre un “creciente fenómeno de inasistencia”. La iniciativa no solo implicaría medidas administrativas, como descuentos salariales ni prestaciones, sino también la evaluación de sanciones, como la posibilidad de iniciar procesos que conduzcan a la pérdida de investidura, que implicaría la salida definitiva del cargo.
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De acuerdo con el artículo 183 de la Constitución en Colombia un congresista puede perder su investidura si falta a seis sesiones plenarias en un mismo periodo en las que se voten proyectos de ley, actos legislativos o mociones de censura.
Asimismo, según la Ley 1828 de 2017 es sancionable si falta sin justificación a tres sesiones en las que se voten proyectos o se realicen debates de control político. También al Abandonar funciones legislativas sin causa válida.




















