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El alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, está de nuevo contra las cuerdas con la justicia que podría costarle su cargo como máximo mandatario de la capital de Boyacá.

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El alcalde ha decidido tomarse un tiempo vacacional, sin embargo, esto, lejos de interpretarse como un tiempo de descanso, se da en un momento álgido para el ruso que enfrenta un proceso que ya revisa el Consejo de Estado.

El alto tribunal revisa la legalidad de la credencial de Krasnov analizando de manera detallada posibles inhabilidades o irregularidades en la inscripción de su candidatura con la que ganó la Alcaldía de Tunja en 2023.

Según fuentes cercanas al mandatario, su distanciamiento temporal de las tareas como alcalde sería una estrategia en caso de una decisión que lo sacara de su cargo para que, en caso de que eso pase, la transición sea lo menos traumática posible.

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Ya en 2025, la Procuraduría había sancionado al alcalde con su destitución e inhabilidad por 14 años, por inscribirse y posesionarse en el cargo de elección popular estando inhabilitado.

El ente disciplinario verificó que Mikhail Krasnov suscribió con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia un contrato de prestación servicios, con el objeto de prestar servicios profesionales de magíster en economía para la capacitación en revisión en documentos y redacción de los artículos científicos en inglés y alemán dirigido a estudiantes del semillero del grupo de investigación SOECOM, grupo de investigación adscrito al centro de investigación y extensión CENES de la facultad de ciencias económicas y administrativas de la ciudad, con un plazo de ejecución del 06 al 30 de diciembre de 2022 y por valor de $8.129.040.

“El Ministerio Público corroboró que el disciplinado inscribió su candidatura para aspirar como alcalde de la capital Boyacense, a pesar de que aproximadamente 10 meses antes de llevarse a cabo las elecciones el 29 de octubre de 2023, era contratista; lo que implica la vulneración del régimen de inhabilidades”, anotó el órgano de control para ese entonces.

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La Procuraduría, en su fallo de primera instancia, calificó la falta del primer mandatario como gravísima, a título de dolo.