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Niegan tutela a los arhuacos contra proyecto de gas en Pueblo Bello

Autoridades indígenas solicitaron la consulta previa, señalando que las obras afectarían a sus territorios y autonomía.

El Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Valledupar negó una acción de tutela a indígenas arhuacos que pretendían que se implementara la consulta previa para el proyecto de gas licuado de petróleo por redes en el municipio de Pueblo Bello, argumentando que este afectaría la autonomía y territorialidad de las comunidades de las etnias asentadas en la Sierra Nevada, con jurisdicción en esa localidad.

El cabildo gobernador arhuaco Zarwawiko Torres, y otros miembros de esa etnia instauraron la acción de tutela en contra del Ministerio del Interior y la alcaldía de Pueblo Bello, señalando una presunta afectación directa a las comunidades en la Sierra con ocasión del proyecto.

No obstante, el Ministerio de Interior, a través de la Resolución No ST-1280 del 11 de diciembre de 2020, había consideró que no procede la consulta previa para la implementación del proyecto, precisando que “mediante el análisis cartográfico y geográfico de comunidades étnicas de cara a las actividades del proyecto se identificó que, si bien el casco urbano de la cabecera municipal  de Pueblo Bello - Cesar se encuentra en límites con territorio titulado de comunidades étnicas e incluso en el mismo habitan miembros de una comunidad indígena, las actividades del mismo no conllevan afectaciones directas sobre comunidades étnicas en un grado de intensidad tal, que termine por alterar sus usos y costumbres en detrimento de su identidad étnica y cultural”.  

El despacho judicial determinó que “la sola afirmación de la parte demandante de la presunta afectación directa a las comunidades indígenas asentadas en la Sierra Nevada de Santa Marta con ocasión del proyecto de gas licuado de petróleo en Pueblo Bello, en el sentido que trasgrede su identidad, autonomía y territorialidad, no es suficiente para demostrar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, ya que, como lo ha expuesto la Corte Constitucional, la persona que alega la ocurrencia del mismo debe acreditar al menos con prueba sumaria los hechos en los que se funda la configuración de esa situación”.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Valledupar, consideró no procedente la consulta previa para este proyecto y negó las pretensiones de la demanda.

El alcalde de Pueblo Bello, Danilo Duque, sostuvo que “para nosotros es muy importante este fallo de tutela que fue promovida por el cabildo gobernador arhuaco y otros dirigentes de esa comunidad; esto indica que el proyecto de gas es muy conveniente para el municipio, y que a pesar de los obstáculos por parte de algunos líderes, que no quieren que este se ejecute, la administración está muy comprometida en sacarlo adelante”.

El proyecto tiene una inversión de 6.200 millones de pesos y va a garantizar el suministro de gas domiciliario a los 2.400 hogares de Pueblo Bello.

“Vamos a resolver un problema de más de 25 años, además de alivianar la carga económica que tienen las familias, las cuales están gastando al año, cada una, un millón 260 mil pesos en cilindros de gas, mientras que con el sistema que se va a implementar solo gastará unos 150.000 pesos al año en el servicio”, puntualizó.

El Ministerio de Minas y Energía aseguró la cofinanciación del proyecto de gas licuado de petróleo por redes en Pueblo Bello, a través de la Resolución 40196, anunciando la asignación de recursos y la construcción de las redes para poner en marcha el sistema de gas domiciliario.

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