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Sancionan a exalcalde de Cartagena por irregularidades en centros de salud

La Procuraduría lo sancionó por ocho meses, mientras que a la exdirectora del Dadis, Martha Rodríguez, la destituyó e inhabilitó por 15 años.

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de ocho meses al exalcalde de Cartagena, Dionisio Vélez Trujillo (2013 - 2015), y con destitución e inhabilidad de 15 años a la exdirectora del Departamento Administrativo Distrital de Salud - Dadis-, Martha Cristina Rodríguez de Gaviria, por irregularidades en el desarrollo del proyecto de infraestructura hospitalaria de la ciudad.

En fallo de primera instancia, el Ministerio Público estableció que la administración municipal a pesar de destinar $100.000 millones para invertir en la intervención de 39 centros y puestos de salud adscritos a la ESE Hospital Local Cartagena de Indias, con el propósito de beneficiar a más de 470.000 mil personas, no ejecutó las obras programadas, las cuales se encuentran en estado de abandono.

El órgano de control señaló que el exalcalde a pesar de tener toda la información sobre los inconvenientes que se presentaban en la ejecución de los contratos, no impartió oportunamente instrucciones eficientes y eficaces para asegurar el adecuado y correcto desarrollo de las actividades delegadas.

Además, no asumió el control sobre los trabajos ni removió de sus funciones a la entonces directora del Dadis, a pesar de no responder con las expectativas al frente del proyecto.

Para el Ministerio Público, Vélez Trujillo, en su posición de garante, debió propender por el cumplimiento de los fines de la contratación y por la prestación efectiva del servicio público de salud para los habitantes de Cartagena.

Por su parte, Rodríguez de Gaviria adelantó la licitación pública Dadis 001 de 2014 sin contar con los estudios y diseño definitivos, ni con las licencias de construcción y aprobaciones técnicas del Ministerio de Salud.

Lo anterior dejó en evidencia una inadecuada planeación que se reflejó en las improvisaciones surgidas durante la etapa de ejecución, que llevaron a ampliar los plazos pactados, a priorizar la construcción de 25 de los 39 centros de salud contemplados y, finalmente, a suspender los trabajos como consecuencia del deficiente análisis económico y financiero sobre el que se calculó el presupuesto del proyecto.

Adicionalmente, la exfuncionaria consignó información que no correspondía a la realidad en la firma de un otrosí del contrato, al indicar que los diseños arquitectónicos de cuatro de las obras requeridas habían sido aprobados y ajustados de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, lo que no era cierto al momento en que fue firmado el documento.

El Ministerio Público señaló que se vulneraron los principios de responsabilidad, economía y planeación que regulan la contratación estatal, así como los de eficiencia y eficacia de la función administrativa.

Por esos hechos, la Procuraduría calificó la conducta Vélez Trujillo como una falta grave culposa, mientras que Rodríguez de Gaviria fue sancionada por tres cargos disciplinarios calificados como faltas gravísimas, dos cometidas a título de culpa grave y la restante con culpa gravísima.

El órgano de control absolvió de responsabilidad disciplinaria al supervisor del contrato de interventoría, Francisco Javier Martínez Santos.

El fallo de primera instancia puede ser apelado por los disciplinados.

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