Debido a las presuntas irregularidades en el contrato suscrito entre la Alcaldía de Soledad y la Empresa para el Desarrollo Urbano de Occidente (Eduoccidente), ante la Procuraduría General de la Nación fue presentada una solicitud de suspensión a la alcaldesa Alcira Sandoval.
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Dicha petición corresponde a una queja de carácter disciplinario presentada por el concejal Bryan Orozco y el veedor ciudadano Federman Vizcaíno, teniendo en cuenta que 'a pesar de existir una expresa prohibición legal para celebrar contratos de obra a través de convenios interadministrativos con empresas de economía mixta, así lo hicieron'.
De acuerdo con lo expresado por Orozco y Vizcaíno en el documento presentado al Ministerio Público, dicha gestión se habría adelantado 'con la inequívoca voluntad de defraudar el ordenamiento jurídico y en especial, las normas y principios que regulan la contratación estatal'.
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Asimismo, expusieron que 'todas las acciones ejecutadas por los querellados no tuvieron finalidad distinta a la de eludir la obligación de adelantar la respectiva licitación pública para la selección del contratista y así poder adjudicar el contrato de manera directa a una empresa creada hace apenas 8 meses, sin experiencia acreditada en la ejecución de obras de infraestructura y sin la capacidad financiera para ejecutar el objeto contratado'.
También indicaron que durante el proceso contractual 'no se advierte ninguna gestión o procedimiento que garantizara la concurrencia plural de oferentes', así como en el estudio previo no existen fundamentos 'facticos y jurídicos serios' que justifiquen la selección de dicha empresa.
Denuncia penal
Asimismo se presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra la alcaldesa por presuntamente haber incurrido en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
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De acuerdo con el documento conocido por EL HERALDO, la queja –que también fue presentada contra Amalfi Gaviria, exsecretaria General del municipio– tiene relación con el convenio interadministrativo suscrito con la Empresa para el Desarrollo Urbano de Occidente (Eduoccidente) para adelantar esta intervención.
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Los denunciantes pusieron de presente que el contrato –que se celebró bajo la modalidad de contratación directa– fue por valor de $6 mil millones, a pesar de que la empresa fue constituida con un capital de $600 millones: 'Es decir, el equivalente al 10 % del valor del convenio'.
'A pesar que el negocio jurídico fue denominado convenio interadministrativo, su naturaleza en realidad corresponde a la de un contrato interadministrativo, donde la participación del contratista no responde a los criterios de colaboración y cooperación, sino que actúa como cualquier otro contratista del mercado', recalcaron los denunciantes.
Indicaron, además, que el contrato se celebró bajo la 'espuria' modalidad de convenio interadministrativo con el fin de 'eludir la obligación de seleccionar el contratista a través de licitación pública, defraudándose los principios que rigen la contratación estatal'.
Orozco y Vizcaíno pusieron de presente que, según el artículo 91 de la ley 1471 de 2011, 'no está permitida la celebración de contratos de obra a través de los convenios interadministrativos, cuando una empresa de economía mixta sea la ejecutora'.
'El convenio cuestionado tampoco podía celebrarse en atención a que la Empresa para el Desarrollo Urbano de Occidente, ejecutora del convenio, no cuenta con experiencia acreditada en esa materia, ni la capacidad financiera para ejecutar el proyecto convenido', se lee en el documento de la denuncia penal.
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