Las multas de tránsito en Colombia generan una pregunta recurrente entre conductores y propietarios de vehículos que es: ¿quién debe pagar la sanción cuando la infracción la comete una persona diferente al dueño del carro?
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La respuesta fue aclarada por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-038 de 2020, que estableció que las sanciones de tránsito deben recaer sobre quien comete la infracción y no automáticamente sobre el propietario del vehículo.
De acuerdo con la decisión de la Corte, la responsabilidad por una infracción de tránsito es personal. Esto significa que la multa debe ser asumida por el conductor que incumplió las normas viales.

La sentencia eliminó la figura de responsabilidad solidaria que contemplaba la Ley 1843 de 2017 para los casos de fotomultas, al considerar que sancionar al propietario sin demostrar que fue quien cometió la infracción vulneraba principios constitucionales.
Por esta razón, las autoridades deben identificar al conductor responsable antes de imponer una sanción económica.
Aunque la regla general indica que la multa corresponde al conductor, existen excepciones en las que el propietario puede ser responsable.

Esto ocurre cuando la infracción está relacionada con las condiciones del vehículo o con obligaciones legales asociadas al automotor, entre ellas: no contar con el SOAT vigente, tener vencida la revisión técnico-mecánica, problemas en la documentación obligatoria del vehículo e incumplimientos relacionados con el estado del automotor.
En estos casos, la responsabilidad puede recaer directamente sobre el propietario.
¿Puede el conductor recibir una multa por culpa de un pasajero?
Sí. El Código Nacional de Tránsito contempla situaciones en las que el conductor es sancionado por acciones realizadas por quienes viajan en el vehículo.
Uno de los ejemplos más comunes es el uso del cinturón de seguridad. Si durante un control de tránsito un pasajero no lleva puesto este elemento de protección, la multa será impuesta al conductor.

La razón es que quien está al volante tiene la obligación de verificar que todos los ocupantes cumplan con las normas de seguridad vial.
La Corte Constitucional reiteró que en materia sancionatoria solo puede castigarse al autor de la conducta que infringe la ley.
Por ello, las autoridades de tránsito deben demostrar quién cometió la infracción antes de imponer una multa, especialmente en los casos detectados mediante cámaras o sistemas automáticos.




















